Resumen del 23 de febrero al 2 marzo del 2023.
- Comienza el plazo para solicitar las ayudas directas de la PAC 2023.
- El Gobierno concluye la aprobación del paquete normativo para el desarrollo de la nueva PAC.
- La Generalitat convoca para este año las ayudas a inversiones en explotaciones agrarias en el marco del PDR 2014-2020.
- Se convocan las subvenciones para la integración cooperativa agroalimentaria en la Comunidad Valenciana para el año 2023.
- Se conceden las ayudas destinadas a las organizaciones de productores de frutas y hortalizas titulares de centrales de acondicionamiento de fruta afectadas por las heladas asociadas a la borrasca Ciril.
1. Comienza el plazo para solicitar las ayudas directas de la PAC 2023.
Con fecha de 1 de marzo se ha dado inicio al plazo para la presentación de solicitudes de las ayudas directas de la PAC 2023, que será de 3 meses y permanecerá abierto hasta el próximo 31 de mayo. Una vez finalizado este plazo, los agricultores podrán presentar una modificación de su solicitud, entre el 1 y el 15 de junio, en el que podrán indicar los posibles cambios que se hayan producido en su plan de siembra. En todo caso, si los controles administrativos y por monitorización detectaran alguna información errónea, los agricultores y ganaderos podrán adaptar sus solicitudes hasta el 31 de agosto, sin sufrir ninguna penalización.
Como en campañas anteriores, la solicitud única debe dirigirse a la autoridad competente de la comunidad autónoma en la que radique la explotación o la mayor parte de su superficie. Y en caso de no disponer de superficie, se presentará en la comunidad autónoma en la que se encuentre el mayor número de animales.
El Real Decreto 1048/2022, publicado el 29 de diciembre, recoge las diferentes ayudas directas que se pueden solicitar, los requisitos necesarios para poder optar a cada una de ellas y la información mínima que agricultores y ganaderos deben aportar en sus solicitudes.
Igualmente, a partir del 1 de marzo se podrá realizar la comunicación de cesión de derechos de Ayuda Básica a la Renta y la solicitud de derechos para la Reserva Nacional de Ayuda Básica a la Renta. A partir de esta campaña 2023, pueden acceder a la Reserva Nacional de Ayuda Básica a la Renta, no solo los jóvenes agricultores y aquellos productores que se incorporan a la actividad agraria, sino también los agricultores en desventaja y los responsables de explotaciones que participen en programas de reestructuración, cuyo objetivo sea evitar el abandono de tierras, en el marco de una intervención pública.
2. El Gobierno concluye la aprobación del paquete normativo para el desarrollo de la nueva PAC.
Con fecha de 28 de febrero, el Consejo de Ministros ha aprobado dos últimos reales decretos que completan el paquete normativo de acompañamiento para el desarrollo de la nueva Política Agraria Común (PAC) en España, y que se refieren a la mejora de las condiciones de bienestar animal en las granjas y a las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el plan estratégico.
A) BIENESTAR ANIMAL
El real decreto sobre bienestar animal compila varias modificaciones de normas ya en vigor y crea algunas nuevas herramientas con el fin de mejorar el bienestar animal en las granjas y facilitar los controles oficiales que llevan a cabo las autoridades competentes.
Para ello, se crea formalmente la mesa nacional de coordinación sobre bienestar y protección de los animales y se establece la existencia de un centro nacional de referencia para el ámbito ganadero y acuícola.
El decreto aprobado hoy modifica varias normas en vigor en materia de transporte de animales y de sacrificio.
Igualmente se modifican las normas mínimas para la protección de cerdos, con el fin de mejorar las condiciones de las granjas y el manejo de los animales, para lo que se establecen requisitos más específicos que los actuales, y adaptados al actual conocimiento científico. En concreto, hay nuevos valores en lo relativo a la densidad máxima de animales en las granjas, y nuevas condiciones respecto de su alimentación, agua, comederos, condiciones ambientales de las mismas y a la disponibilidad para los animales de material manipulable. El fin último es disminuir la necesidad de practicar el corte de colas de los cerdos. Las granjas ya existentes dispondrán de dos años para realizar las adaptaciones necesarias.
B) PENALIZACIONES
El otro real decreto aprobado establece el marco normativo necesario para aplicar las correspondientes penalizaciones a todo el conjunto de intervenciones integradas en el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común.
Las penalizaciones se definen como las reducciones a aplicar a las ayudas en caso de que se detecte un incumplimiento de los requisitos de subvencionabilidad, compromisos u otras obligaciones, con el objetivo de garantizar una protección eficaz de los intereses financieros de la Unión Europea.
Esta norma contempla un periodo transitorio en la aplicación de las penalizaciones de los nuevos ecorregímenes en favor del clima y del medio ambiente, de forma que, en el año 2023, al ser el primero de desarrollo de esta medida, no se aplicarán penalizaciones, y para el año 2024 se reducirán a la mitad.
Se reducen también a la mitad las penalizaciones a aplicar en caso de intervenciones en la que se hayan controlado a la totalidad de las personas beneficiarias mediante el sistema de monitorización de superficies.
3. La Generalitat convoca para el año 2023 las ayudas a inversiones en explotaciones agrarias en el marco del Programa de desarrollo rural 2014-2020.
Con fecha de 24 de febrero de 2023, se ha publicado la resolución de 19 de febrero, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se convocan las ayudas a inversiones en explotaciones agrarias en el marco del Programa de desarrollo rural de la Comunidad Valenciana 2014-2020.
El objetivo de estas ayudas consiste en fomentar la realización de inversiones en explotaciones agrarias de la Comunidad Valenciana a fin de mejorar su rendimiento global y garantizar su sostenibilidad y adaptación al mercado, mediante la implementación de planes de mejora cuya implementación debe justificar la consecución de alguno de los siguientes objetivos:
a) Mejora de la condiciones del entorno de trabajo, de las condiciones técnicas y medioambientales de la explotación, así como de higiene y bienestar animal.
b) Mejora de la eficiencia de los sistemas de riego, reducción de los costes de producción, del consumo de insumos y del impacto medioambiental de la explotación.
c) Medidas de diversificación que favorezcan el desarrollo de actividades en ciclo cerrado, o minimicen los riesgos empresariales y el impacto medioambiental.
d) Adaptación de la producción a las demandas del mercado. Mejora de la calidad.
e) Mejora de la conservación del entorno natural.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas, entidades inscritas en el registro de titularidad compartida y entidades asociativas con personalidad jurídica que cumplan la definición de PYME titulares de explotaciones agrarias cuyo objeto principal sea la actividad agraria, que realicen alguna de las inversiones subvencionables en su explotación y que cumplan el resto de requisitos establecidos en el artículo 7 de la Orden 29/2016.
El plazo de solicitud será de 2 meses, y estará abierto desde el 27 de febrero hasta el 27 de abril de 2023.
4. Se convocan las subvenciones para la integración cooperativa agroalimentaria en la Comunidad Valenciana para el año 2023.
Con fecha de 23 de febrero, se ha publicado en el DOGV la Resolución de 17 de febrero, del Director general de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convoca para el año 2023, la concesión de subvenciones para la integración cooperativa agroalimentaria en la Comunidad Valenciana.
Estas ayudas se convocan para las cooperativas agroalimentarias inmersas en un proceso de integración, con el fin de contribuir al desarrollo del sector cooperativo agroalimentario valenciano, reforzar su posición en la industria agroalimentaria y en el comercio, tanto en el mercado interior como exterior, y potenciar su nivel de competitividad.
El plazo para la presentación de la solicitud de ayuda estará abierto hasta el próximo 23 de marzo de 2023.
5. Se conceden las ayudas destinadas a las organizaciones de productores de frutas y hortalizas titulares de centrales de acondicionamiento de fruta afectadas por las heladas asociadas a la borrasca Ciril.
Con fecha de 1 de marzo de 2023, se ha publicado en el DOGV RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2023, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria (AVFGA), por la que se conceden ayudas destinadas a las organizaciones de productores de frutas y hortalizas titulares de centrales de acondicionamiento de fruta afectadas por las heladas asociadas a la borrasca Ciril en la Comunidad Valenciana, y en la que se pueden consultar la entidad que han resultado beneficiarias por cumplir con todos los requisitos legalmente establecidos.
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