Boletín ayudas y normativas Nº 178

11/01/2024

Resumen del 5 al 11 de enero de 2024.

  1. El Ministerio de Agricultura coordina un nuevo pago de las ayudas directas de la Política Agraria Común de la campaña 2023.
  2. El Gobierno amplía el plazo para la concesión de ayudas al fomento de la competitividad, modernización y bioseguridad del sector agrario
  3. El Ministerio de Agricultura pone en marcha el proyecto de ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.

1. El Ministerio de Agricultura realiza un nuevo pago de las ayudas directas de la Política Agraria Común de la campaña 2023.

Con fecha de 5 de enero, el Ministerio de Agricultura, a través del Fondo Español de Garantía Agraria, ha coordinado el pago, por parte de las comunidades autónomas, de más de 3.475 millones de euros de las ayudas directas de la Política Agraria Común de la campaña 2023, hasta el 31 de diciembre, y cuyo plazo de pago anticipado se inició el pasado 16 de octubre.

Se trata de los primeros pagos de la nueva PAC 2023-2027, que entró en vigor el 1 de enero de 2023. Este importe, pagado a 31 de diciembre, es similar al efectuado en otras primeras campañas en las que se ha puesto en marcha una nueva Política Agraria Común, debido a las especificidades que implican estos años de transición.

En el caso concreto de la campaña de la PAC 2023, el periodo de presentación de solicitudes comenzó en marzo, un mes después de lo habitual, ya que la normativa exigía realizar la conversión de derechos de pago básico a derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad antes de realizar la apertura del plazo de presentación.

El plazo inicialmente previsto se amplió en un mes, hasta el 30 de junio de 2023, a solicitud de comunidades autónomas y el sector, para facilitar su adaptación a las novedades en la gestión de las solicitudes. Esto ha conllevado también ampliaciones de plazos para la modificación de solicitudes, la presentación de fotografías georreferenciadas y la gestión de incidencias derivadas de los controles por monitorización.

Además, la nueva PAC ha incorporado nuevas intervenciones, como los ecorregímenes, o nuevos requisitos, como los establecidos en este periodo de cara al cumplimiento de la condición de agricultor activo, que requieren controles adicionales a realizar por parte de las comunidades autónomas con anterioridad al pago de las ayudas, con el fin de garantizar así el uso adecuado de los fondos de la Unión Europea.

De igual forma, se han reforzado los controles para evitar que se puedan solicitar ayudas directas de forma fraudulenta sobre superficies que el solicitante no tiene a su disposición (ya sea en propiedad o en régimen de usufructo, arrendamiento o aparcería).

Todas estas cuestiones han implicado adaptaciones en el calendario de pagos de las diferentes intervenciones, por lo que resulta preciso esperar a que finalice el periodo de pago de las ayudas directas, el 30 de junio de 2024, para que se completen los 4.875 millones de euros que deben percibirán los 622.400 agricultores y ganaderos que presentaron su solicitud única en 2023.

2. El Gobierno amplía el plazo para la concesión de ayudas al fomento de la competitividad, modernización y bioseguridad del sector agrario.

Con fecha de 9 de enero, el Gobierno ha aprobado un real decreto que modifica las bases reguladoras de las ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión en materia de competitividad, modernización y bioseguridad del sector agrario. La principal modificación es la ampliación del plazo para la concesión de estas ayudas.

La modificación aprobada, tiene como finalidad dar mayor flexibilidad para la consecución de los objetivos propuestos y conseguir así la mejora en la sostenibilidad y competitividad perseguida con esta inversión. Se trata de ajustes técnicos en el real decreto que implementa el Plan de impulso a la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería, cuyo objetivo es mejorar la eficacia en la gestión de los fondos procedentes del mecanismo de recuperación y resiliencia.

De esta forma, se establece el 30 de septiembre de 2024 como fecha límite para que las autoridades de gestión de las comunidades autónomas adjudiquen el total del importe que se les ha transferido para este fin, entre los años 2021 y 2023.

3. El Ministerio de Agricultura pone en marcha el proyecto de ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.

Con fecha de 9 de enero, el Ministerio de Agricultura pone en marcha el proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario. Con este proyecto de ley, España se dota, por primera vez, de un marco legal para el conjunto del Estado para prevenir las pérdidas y el desperdicio alimentario, con un enfoque centrado en la prevención y la concienciación de todos los actores de la cadena alimentaria.
La nueva norma busca fomentar la utilización eficiente de los alimentos, la recuperación, la reutilización de subproductos, la donación y contribuir de esta manera a satisfacer las necesidades alimentarias de la población más vulnerable.

De esta forma, la futura ley establece una jerarquía de prioridades para el destino de los alimentos que inevitablemente se conviertan en desperdicio alimentario. Es un aspecto esencial, ya que se establece como prioridad máxima el consumo humano, a través de la donación o redistribución de los alimentos.

En siguientes escalones, se contempla la transformación de los alimentos (zumos, mermeladas) y, cuando no sean aptos para el consumo humano, la preferencia de uso será la alimentación animal, la fabricación de piensos o la obtención de compost o biocombustibles.

Las empresas de hostelería tendrán la obligación de facilitar al consumidor que pueda llevarse los alimentos que no haya consumido sin coste adicional alguno en envases reutilizables o fácilmente reciclables, si bien debe cobrar por los envases de plásticos de un solo uso.

La ley también articula medidas de buenas prácticas en cuestiones como la venta de productos ‘imperfectos’; de productos de temporada, de proximidad o ecológicos. Y también para la venta de productos de consumo preferente o de caducidad próxima.

Esta iniciativa responde al compromiso del Gobierno de España de prevenir y reducir estas pérdidas, no solo para asegurar el suministro alimentario, sino también para disminuir riesgos ambientales y preservar recursos naturales y energéticos.

España está comprometida con la solución a este problema, con medidas que van desde la creación de metodologías de medición del desperdicio, campañas de sensibilización y publicidad y otras acciones de colaboración con otros agentes de la cadena alimentaria.

Para lograr estos objetivos, la nueva ley establece la obligatoriedad para todos los agentes de la cadena alimentaria de contar con un plan de prevención de pérdidas y desperdicio. El propósito es que las empresas realicen un autodiagnóstico de sus procesos productivos, identifiquen áreas donde se producen pérdidas de alimentos e implementen medidas para minimizarlas y asignen usos alternativos, siguiendo una jerarquía de prioridades adaptada a las características de cada agente.

Un aspecto esencial de la ley es la jerarquía de prioridades, que permite a los agentes establecer una prelación en el destino de los alimentos para evitar su desperdicio. En este sentido, la prioridad máxima será siempre el consumo humano, a través de la donación o redistribución de alimentos.
En el segundo orden de prioridades se contempla la transformación de los alimentos que no se hayan vendido, pero que mantengan sus condiciones óptimas de consumo, en otros productos como zumos o mermeladas. Cuando los alimentos ya no sean aptos para el consumo humano, la preferencia de uso será, por este orden, la alimentación animal y fabricación de piensos; el uso como subproductos en otra industria y, ya como residuos, la obtención de compost o biocombustibles.

Asimismo, el proyecto de ley establece medidas de buenas prácticas, tanto para la administración como los distintos eslabones de la cadena, para evitar el desperdicio de alimentos. Por ejemplo, que los establecimientos comerciales dispongan de líneas de venta de productos considerados feos, imperfectos o poco estéticos, o promover el consumo de productos de temporada, de proximidad o ecológicos. Además, la norma anima a incentivar la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima, de acuerdo con la jerarquía de prioridades de uso.

Por su parte, el Gobierno deberá elaborar un Plan Estratégico para la prevención y reducción de pérdidas y desperdicio alimentario. Este plan, que se revisará cada cuatro años, definirá la estrategia general contra el desperdicio alimentario, así como las orientaciones y estructura que deberán seguir las comunidades autónomas en sus actuaciones en este ámbito.

Además, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en consulta con otros ministerios relacionados con la materia, deberá elaborar un Plan Nacional de control de las pérdidas y desperdicio alimentario, que contendrá objetivos generales y prioridades para las tareas de control.

Si quieres consultar el boletín anterior de Ayudas y normativas, pulsa AQUÍ.

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