Boletín ayudas y normativas Nº 153

02/06/2023

Resumen del 25 de mayo al 2 de junio del 2023.

1.- La Generalitat convoca las ayudas para la ganadería ecológica en prácticas extensivas en la Comunidad Valenciana.
2.-La Generalitat publica la convocatoria las ayudas a la mejora de la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones ganaderas de la Comunidad Valenciana.
3.-La Consellería de Agricultura convoca las ayudas destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado.
4.-El Ministerio de Agricultura realiza un segundo pago de la ayuda para compensar la subida del precio de los fertilizantes.
5-. El Ministerio de Agricultura inicia la audiencia pública de las nuevas bases reguladoras de las ayudas a la investigación en apicultura.
6-. La Consellería de Agricultura amplía hasta el 16 de junio el periodo de quemas de restos vegetales agrícolas a menos de 500 metros de terreno forestal.

1. La Generalitat convoca las ayudas para la ganadería ecológica en prácticas extensivas en la Comunidad Valenciana.

Con fecha de 26 de mayo, se ha publicado en el DOGV la Resolución de 22 de mayo, de la Consellería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica por la que se convocan para el ejercicio 2023 las ayudas a la ganadería ecológica en prácticas extensivas en la Comunidad Valenciana.

El objeto de estas ayudas es cubrir parcialmente los gastos derivados del mantenimiento de las explotaciones de los ganaderos ecológicos certificados que realizan prácticas extensivas en el ámbito del territorio autonómico.

Podrán ser beneficiarios de la ayuda las personas (físicas y jurídicas) ganaderas que tengan su explotación ganadera inscrita en el Registro de Productores del Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad Valenciana (CAECV).

El importe subvencionable será de 150 euros por unidad de ganado mayor (UGM) de animal reproductor o colmena. Los índices de conversión a unidades de ganado mayor (UGM) serán los siguientes:

-Vacuno, equino: 1 UGM por animal reproductor.
-Ovino, caprino, colmenas: 0,15 UGM por animal reproductor o colmena.

La cuantía de la ayuda a otorgar por beneficiario no podrá superar el importe de 5.000 euros anuales.

El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOGV.

2. La Generalitat publica la convocatoria de las ayudas a la mejora de la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones ganaderas de la Comunidad Valenciana.

Con fecha de 26 de mayo, se ha publicado en el DOGV la RESOLUCIÓN de 22 de mayo, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan para el ejercicio 2023 las ayudas a la mejora de la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones ganaderas de la Comunidad Valenciana.

El objeto de estas ayudas es favorecer las inversiones en materia de instalaciones, maquinaria y equipos realizadas por los titulares de las explotaciones ganaderas con la finalidad de mejorar el rendimiento general y sostenibilidad de las explotaciones ganaderas, en particular mediante una reducción de los costes de producción o la mejora de la producción, compatibles con el respeto al medio ambiente y al bienestar animal.

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas los titulares de explotaciones ganaderas que lo soliciten y que cumplan:

a) Las explotaciones ganaderas en activo y con censo a fecha de la solicitud que sean del tipo de producción y reproducción, centros de concentración y puestos de parada o control, radiquen en el territorio de la Comunidad Valenciana y estén inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad Valenciana creado por la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de la Generalitat, de Ganadería de la Comunidad Valenciana.
b) Lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c). Tengan la consideración de PYMES agrarias dedicadas a la producción primaria, tal y como se definen en el anexo 1 del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022.
d) Cumplan las normas mínimas en materia de medio ambiente de competencia en ganadería, higiene y bienestar de los animales, o utilizar este régimen de ayudas para alcanzar su cumplimiento efectivo.
e) Estar inscritas las explotaciones ganaderas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad Valenciana (en adelante REGA) con anterioridad al 1 de enero del año del ejercicio presupuestario objeto de la convocatoria y con actividad.

El porcentaje máximo de la ayuda podrá alcanzar como máximo el 60% de los gastos subvencionables, que podrá incrementarse hasta un 70% de intensidad en los siguientes casos:

a) inversiones realizadas por jóvenes ganaderos.
b) las inversiones vinculadas a uno o más de los objetivos específicos relacionados con el medio ambiente y el clima o al bienestar de los animales.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el DOGV.

3. La Consellería de Agricultura convoca las ayudas destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado.

Con fecha de 26 de mayo, se ha publicado en el DOGV la Resolución de 22 de mayo, de la Consellería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se convocan para el ejercicio 2023 las ayudas destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado.

Serán subvencionables las inversiones consistentes en la modernización o mejora de los equipos e instalaciones existentes de cara a conseguir una mayor eficiencia en los sistemas de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado, la instalación en centros ya existentes de nuevas tecnologías para la limpieza y desinfección de vehículos para el transporte de ganado, así como la construcción de nuevos centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente resolución en el DOGV.

4. El Ministerio de Agricultura realiza un segundo pago de la ayuda para compensar la subida del precio de los fertilizantes.

Con fecha de 31 de mayo, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado un segundo listado de 3.785 titulares de explotaciones agrícolas que van a recibir ayudas para compensar la subida del precio de los fertilizantes, por un importe de 5.117.506 euros. Este nuevo pago se suma al realizado en el mes de abril por 280,8 millones de euros. De esta forma, la cantidad abonada por esta ayuda es de 285,9 millones de euros, repartida entre 238.076 agricultores.

Estos apoyos fueron aprobados por el Gobierno mediante el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania y apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

La relación de los titulares de explotaciones agrícolas a los que se les concede las ayudas, junto con el número de hectáreas de secano y de regadío computadas y la cuantía de la ayuda a percibir se puede consultar en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).

Se trata de titulares a los que no se les pudo abonar la ayuda mediante la resolución publicada el pasado 31 de marzo, por no encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y que han subsanado la situación en el plazo de un mes concedido a tal efecto.

La resolución publicada en el día de hoy recoge también aquellos titulares a los que se les ha denegado la ayuda por no haberse puesto al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en el plazo concedido de subsanación. Los productores afectados podrán presentar, si así lo consideran, un recurso de alzada contra la resolución en el plazo de un mes.

5. El Ministerio de Agricultura inicia la audiencia pública de las nuevas bases reguladoras de las ayudas a la investigación en apicultura.

Con fecha de 25 de mayo, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado el proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a la realización de proyectos de investigación aplicada en el sector apícola y sus productos, línea incluida en la Intervención Sectorial Apícola de la nueva Política Agraria Común (PAC).

Esta nueva norma viene a sustituir a la anterior Orden AAA/2571/2015, de 19 de noviembre, así como su modificación de 2017, para incluir las novedades establecidas en la reforma de la PAC que ha entrado en vigor este año.

El proyecto de orden incorpora algunas novedades para aprovechar la flexibilidad introducida por el plan estratégico para la aplicación de la PAC. Entre los principales cambios destaca el incremento del presupuesto total de la línea de investigación y del alcance de la financiación de los proyectos, que podrá ser de hasta el 100 % de los costes subvencionables, cuando hasta ahora el máximo era el 85 %.

Por otro lado, se amplía el horizonte temporal de las investigaciones y se permite la presentación de proyectos plurianuales de hasta tres años de duración. Hasta ahora solo se permitían programas anuales, dada la limitación establecida por el concepto de campaña apícola que establecían los reglamentos comunitarios en el anterior periodo de la PAC.

Otros dos cambios sustanciales están relacionados con los posibles beneficiarios de la ayuda, hasta ahora restringidos a las agrupaciones de productores asociadas a un centro de investigación. Con la nueva normativa podrán solicitar también las ayudas los propios centros y equipos de investigación especializados en la materia, que igualmente cuenten con un consorcio de actuación con agrupaciones de apicultores. A petición del sector, se rebaja el umbral de acreditación de colmenas necesario para optar a la ayuda, de 100.000 a 50.000 colmenas.

Con todas estas modificaciones se busca hacer más atractiva la línea de ayudas y potenciar el número de posibles solicitantes. La flexibilización de criterios facilitará el desarrollo de proyectos con más recorrido, que puedan ser más ambiciosos en sus objetivos y que ofrezcan resultados más completos y con mayor grado de aplicabilidad en las explotaciones, en beneficio del sector apícola en su conjunto.

6. La Consellería de Agricultura amplía hasta el 16 de junio el periodo de quemas de restos vegetales agrícolas a menos de 500 metros de terreno forestal.

La Consellería de Agricultura ha ampliado, de forma excepcional y hasta el 16 de junio de 2023 inclusive, el periodo de quema de residuos vegetales generados en labores agrícolas situados en los terrenos colindantes o con una proximidad menor de 500 metros de terrenos forestal.
De este modo, se atiende por la Consellería la demanda de los titulares de explotaciones agrarias y de organizaciones agrarias que habían solicitado la ampliación del periodo de quema de residuos agrícolas, en atención a las condiciones meteorológicas actuales y ante la acumulación prolongada de restos de poda o de otras operaciones de cultivo que podían suponer un riesgo fitosanitario grave para los cultivos y las plantaciones colindantes.

Para la adopción de esta medida se ha tenido en cuenta las precipitaciones en forma de lluvia registradas durante la segunda quincena de mayo, que por una parte han dificultado el uso del fuego para poder gestionar los residuos agrícolas, y por otra han permitido aumentar la humedad del combustible forestal, disminuyendo el peligro de incendio forestal.

Si quieres consultar el boletín anterior de Ayudas y normativas, pulsa AQUÍ.

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