Boletín ayudas y normativas Nº 307

06/11/2026

Resumen del 30 de octubre al 6 de noviembre de 2026

  1. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publica la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2026-2027
  2. Conselleria de Agricultura abre el plazo para solicitar las ayudas al cereal de secano afectado por las restricciones ante el riesgo extremo de incendios forestales
  3. Conselleria de Agricultura destina 80.000 euros a apoyar la ganadería ecológica extensiva de 24 explotaciones de la Comunitat Valenciana
  4. Agricultura amplía hasta casi 1,5 millones de euros las ayudas para la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana
  5. Agricultura concede 1,82 millones de euros en ayudas a las denominaciones de origen, indicaciones geográficas y otras entidades de calidad diferenciada
  6. Las actividades agrarias tendrán una reducción excepcional del 10 % en el rendimiento neto de la declaración de la renta en 2027
  7. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación convoca el premio Alimentos de España para los mejores aceites de oliva virgen extra de la campaña 2026-2027
  8. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación establece la retirada del 12 % del aceite de oliva en la campaña 2026/2027

1. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publica la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2026-2027

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicó el pasado 30 de octubre en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden por la que se establece la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2026/27, que tiene como objetivo regular la oferta para mejorar y estabilizar el funcionamiento del sector del aceite de oliva.

La norma ha sido sometida a la audiencia pública y a los distintos informes preceptivos.

El artículo 167 bis del Reglamento comunitario1308/2013 establece que, con el fin de mejorar y estabilizar el funcionamiento del mercado común de los aceites de oliva y de las aceitunas de las que proceden, los Estados miembros productores podrán establecer normas de comercialización para regular la oferta.

Para desarrollar la aplicación de este reglamento en España, el Gobierno aprobó el Real Decreto 84/2021, que contempla, cuando las condiciones de mercado lo justifiquen, establecer normas de comercialización para mejorar la estabilidad y funcionamiento del mercado para una campaña determinada, mediante la retirada de producto hasta la campaña siguiente y/o su destino a uso no alimentario. Se trata, por tanto, de una medida de aplicación excepcional de carácter coyuntural.

La condición indispensable para poder activar este mecanismo de retirada es que el nivel de existencias iniciales de la campaña más las estimaciones de producción alcancen el 120 % del nivel medio de este sumatorio de las seis campañas anteriores.

Las condiciones climáticas de la primavera pasada en las principales zonas olivareras, con temperaturas suaves y precipitaciones abundantes, permitieron una buena floración y cuajado del fruto, lo que se ha visto reflejado en los datos aforados por las comunidades autónomas, que ofrecen una estimación de producción para la campaña 2026/2027 de 1.602.596 toneladas, un 23 % por encima de la anterior. Esta cantidad supondría la cuarta campaña de mayor volumen en el registro histórico.

Por otro lado, las existencias iniciales de esta campaña 2026/2027 se han situado, según el Sistema de Información de los Mercados Oleícolas que recoge los datos de los operadores y que fueron publicados por el ministerio el pasado 28 de octubre, en 357.040 toneladas, un 23,3 % por encima de las existencias de la campaña precedente.

La orden de comercialización publicada hoy recoge el criterio de determinación del porcentaje de retirada de aceite de cualquier categoría, a decidir por el operador, sobre el total de la producción acumulada mensualmente de aceite de oliva. Las instalaciones concernidas serían las almazaras productoras en el conjunto del territorio nacional.

Una vez publicada la orden, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación determinará, antes del 15 de noviembre y mediante resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, el porcentaje de aceite de oliva que deberá ser retirado hasta el final de la presente campaña 2026/2027. Esta resolución se podrá modificar posteriormente a la luz de los resultados del almacenamiento y de su efecto en la estabilización del mercado oleícola.

2. Conselleria de Agricultura abre el plazo para solicitar las ayudas al cereal de secano afectado por las restricciones ante el riesgo extremo de incendios forestales

La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca ha abierto el plazo para la concesión de ayudas directas, por un importe global de dos millones de euros, para compensar parcialmente las pérdidas económicas sufridas por los titulares de explotaciones de cereal de secano de la Comunitat Valenciana debido a las restricciones de recolección impuestas durante las situaciones de preemergencia de nivel 3 por riesgo extremo de incendios forestales en 2026.

Las limitaciones establecidas durante los meses de junio, julio y agosto impidieron en determinadas jornadas el uso de cosechadoras y de otra maquinaria agrícola, lo que provocó pérdidas de producción y rendimiento, deterioro de la calidad comercial del grano y una reducción del valor económico de las cosechas.

La cuantía individual de la ayuda es de 100 euros por hectárea elegible y pueden beneficiarse los titulares de explotaciones agrícolas que dispongan de una superficie mínima de una hectárea de cereal de secano en la Comunitat Valenciana y que estén inscritos en el Registro de Explotaciones Agrarias a fecha 31 de mayo de 2026.

El plazo de presentación de solicitudes es de diez días a partir del día siguiente al de la publicación del decreto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). Los requisitos, la documentación y el procedimiento de solicitud pueden consultarse en el DOGV.

3. Conselleria de Agricultura destina 80.000 euros a apoyar la ganadería ecológica extensiva de 24 explotaciones de la Comunitat Valenciana

La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca ha concedido un total de 80.000 euros en ayudas a 24 titulares de explotaciones de ganadería ecológica en prácticas extensivas de la Comunitat Valenciana, correspondientes al ejercicio 2026.

Estas subvenciones tienen como finalidad afrontar los costes asociados a su mantenimiento y al desarrollo de una actividad ganadera basada en sistemas de producción ecológica y extensiva.

La convocatoria contempla diferentes tipos de explotaciones ganaderas, entre ellas las de vacuno, ovino, caprino y equino, así como las explotaciones apícolas que cumplen los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

La cuantía de la subvención concedida a cada beneficiario se calcula en función de las unidades de ganado mayor (UGM) equivalentes de cada explotación, con un importe máximo de 5.000 euros anuales por beneficiario.

La resolución de concesión de estas ayudas, correspondiente al ejercicio 2026, puede consultarse en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

4. Agricultura amplía hasta casi 1,5 millones de euros las ayudas para la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana

La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca ha aprobado una ampliación de 300.000 euros de las ayudas destinadas a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana, con lo que la dotación total para 2026 alcanza los 1.498.000 euros, según publica el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

Las subvenciones permiten cubrir hasta el 80 % de los costes de certificación de los productos agroalimentarios ecológicos, favoreciendo el desarrollo de este modelo de producción y garantizando a los consumidores el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa europea.

Estas ayudas están dirigidas tanto a los titulares de explotaciones agropecuarias como a las empresas dedicadas a la elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación o comercialización de productos ecológicos que cumplan con la normativa vigente y estén sometidas al control del Comité de Agricultura Ecológica de la Comunitat Valenciana (CAECV).

La certificación ecológica constituye una herramienta fundamental para garantizar la trazabilidad y autenticidad de los productos, reforzar la confianza de los consumidores y aportar valor añadido a las producciones agroalimentarias de la Comunitat Valenciana.

5. Agricultura concede 1,82 millones de euros en ayudas a las denominaciones de origen, indicaciones geográficas y otras entidades de calidad diferenciada

La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca ha concedido un total de 1.822.879,22 euros a 21 entidades vinculadas a las denominaciones de origen, indicaciones geográficas y otras figuras de calidad diferenciada de la Comunitat Valenciana, según la resolución publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

Estas ayudas, están destinadas a apoyar determinados costes de las actividades desarrolladas por los órganos de gestión de las figuras de calidad reconocida y por las entidades asociativas autorizadas para utilizar la marca de calidad CV.

Las ayudas se conceden a los consejos reguladores de la DOP Vinos de Valencia, la IGP Jijona y Turrón de Alicante, la IGP Cerezas de la Montaña de Alicante, la IGP Cítricos Valencianos, la DOP Alicante, la DOP Kaki Ribera del Xúquer, la DOP Uva de Mesa Embolsada del Vinalopó, la DOP Chufa de Valencia, la DOP Arroz de Valencia, la DOP Nísperos de Callosa d’en Sarrià, la DOP Alcachofa de Benicarló, la DOP Utiel-Requena y la DOP Granada Mollar de Elche.

También son beneficiarias el Comité de Agricultura Ecológica de la Comunitat Valenciana, la Asociación Nacional de Criadores de Raza Guirra, la Asociación de Productores y Comercializadores de Tomate Muchamiel, la Associació de Productors i Comercialitzadors de la Tomata Valenciana, la Associació Vitivinícola de Castelló, la Asociación para la Promoción y Defensa del Aceite Serrana de Espadán, la Asociación de Productores de Aguacates y la Asociación de Productores de Olivar y Almazaras de Aceite de Oliva Virgen Extra Olis d’Alacant.

Las ayudas contemplan actividades de constitución de los órganos de gestión, control y certificación, así como acciones de promoción e información, entre ellas la participación en concursos, ferias y exposiciones y otras actuaciones dirigidas a aumentar el conocimiento de los productos de calidad diferenciada.

Las entidades beneficiarias deberán presentar la solicitud de pago y la documentación justificativa de las actividades realizadas hasta el 16 de noviembre de 2026.

6. Las actividades agrarias tendrán una reducción excepcional del 10 % en el rendimiento neto de la declaración de la renta en 2027

El Ministerio de Hacienda publicó el 5 de noviembre en el Boletín Oficial del Estado la orden que desarrollan el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para 2027 y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que incluye medidas excepcionales de reducción fiscal para agricultores y ganaderos.

La orden establece una reducción general del rendimiento neto del 10 % que será aplicable a todas las actividades agrarias. Al resto de actividades económicas se le aplica una reducción del 5 %.

Además, los agricultores y ganaderos que declaren por el sistema de módulos podrán minorar el rendimiento neto previo un 35% por adquisición de gasóleo agrícola y un 15% por compra de fertilizantes.

El objeto de estas medidas, que suponen una rebaja de la base imponible del IRPF del orden de 860 millones de euros, es paliar los efectos que el incremento de los precios del gasóleo y los fertilizantes como consecuencia del conflicto en Oriente Medio han causado en la rentabilidad de las explotaciones agrarias. Las medidas benefician a los 800.000 agricultores y ganaderos que tributan por el método de estimación objetiva del IRPF (módulos).

7. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación convoca el premio Alimentos de España para los mejores aceites de oliva virgen extra de la campaña 2026-2027

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicó el 4 de noviembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la convocatoria del premio Alimentos de España Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra, campaña 2026-2027, cuyo objetivo es contribuir a promocionar este producto emblemático de la agricultura española y estimular a los productores a obtener aceites de calidad.

Los premios se convocan en cuatro modalidades. Tres para la producción convencional a los mejores aceite frutado verde dulce, frutado verde amargo y frutado maduro; y al mejor aceite de producción ecológica.

El aceite que obtenga la mayor puntuación entre todas las modalidades en la fase de cata y en la valoración fisicoquímica recibirá además el Premio Especial Alimentos de España al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra.

Podrán participar en el concurso las almazaras autorizadas con sede social en España. Cada entidad podrá presentar muestras tanto en la modalidad convencional como ecológica. La muestra procederá de un lote homogéneo, cuyo tamaño será de al menos 10.000 kilogramos y deberá pertenecer a la campaña 2026-2027.

Las solicitudes de participación deberán dirigirse al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y presentarse de forma electrónica, con un certificado digital válido y compatible con la sede electrónica del departamento. En el caso de que los solicitantes sean personas físicas, también podrán presentar sus solicitudes de manera presencial.

El plazo de presentación finaliza el 3 de diciembre. Una vez recibidas las solicitudes, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación realizará la recogida de las muestras en las instalaciones de la entidad inscrita en el concurso y el precintado del depósito o depósitos correspondientes. Las bases de la convocatoria se encuentran disponibles en este enlace.

Este galardón, que se celebra anualmente desde 1998, tiene como objetivo reconocer la excelencia de los aceites de oliva virgen extra producidos en España, fomentar su elaboración y comercialización, y promover su conocimiento entre los consumidores.

Los premios Alimentos de España, creados en 1987, reconocen a empresas y productos que destacan por su calidad, innovación y contribución a la gastronomía española. Este reconocimiento se engloba en la campaña “El país más rico del mundo”, que refuerza la marca España como potencia alimentaria y gastronómica de calidad.

8. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación establece la retirada del 12 % del aceite de oliva en la campaña 2026/2027

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado hoy la resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios que determina que las almazaras españolas deberán retirar del mercado el 12 % del aceite de oliva producido durante la campaña 2026/2027. El producto retirado deberá quedar almacenado en instalaciones propias o ajenas de las almazaras hasta el 30 de septiembre de 2027.

La resolución, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), da cumplimiento al artículo 5 de la norma de comercialización del aceite de oliva para la actual campaña (Orden Ministerial APA/1145/2026, de 29 de octubre) y tiene como objetivo regular la oferta para mejorar y estabilizar el funcionamiento del mercado y del sector.

Esta orden contempla la activación del mecanismo de retirada de producto en caso de sobreproducción, al amparo del Reglamento 1308/2013 sobre la Organización Común de Mercados. La medida pretende garantizar la rentabilidad de los agricultores y también proteger los intereses del comprador de aceite de oliva. El objetivo es dotar de una mayor estabilidad al mercado, lo que redundará en beneficio de productores y consumidores.

Los datos aforados por las comunidades autónomas prevén una producción en la campaña 2026/2027 de 1.602.596 toneladas de aceite de oliva, un 23 % más que la anterior. Las condiciones climáticas de la primavera pasada en las principales zonas olivareras, con temperaturas suaves y precipitaciones abundantes, permitieron una buena floración y cuajado del fruto, lo que ha permitido esta elevada previsión de producción, que convertiría la actual campaña en la cuarta mayor en el registro histórico.

Junto a ello, las existencias iniciales de la campaña se han situado en 357.040 toneladas, el 23,3 % por encima de las de la campaña precedente, según el Sistema de Información de los Mercados Oleícolas (SIMO) que recoge los datos de los operadores y que fueron publicados por el ministerio el 28 de octubre.

En virtud de estos datos, se cumplen los criterios técnicos establecidos en la orden de comercialización para la activación del mecanismo de retirada de producto, ya que la suma del aforo de la nueva campaña y las existencias de enlace de la anterior alcanzan el 120 % de la producción media de aceite de oliva de las anteriores seis campañas.

Cada almazara aplicará la obligación de retirada del 12 % sobre su producción mensual acumulada de aceite de oliva, independientemente de su categoría. Las almazaras tienen plena libertad para elegir la categoría de aceite de oliva que prefieran retirar del mercado y podrán realizar el almacenamiento tanto en instalaciones propias como ajenas.

El porcentaje de retirada de aceite de oliva, unas 188.000 toneladas, comenzará a aplicarse a partir de la fecha de entrada en vigor de la resolución, por lo tanto, sobre la producción declarada correspondiente al mes de noviembre -no se aplicará a la producción de octubre, primer mes de la campaña-.

La producción mensual, así como las existencias finales de cada almazara, serán declaradas mediante los canales habituales dispuestos por el SIMO y según lo recogido en el Real Decreto 861/2018, de 9 de julio, que lo regula.

Para el control de la aplicación de la disposición se creará un grupo técnico de seguimiento, en el que se aprobará el plan de control, que será coordinado por el ministerio y ejecutado por las comunidades autónomas, en base a sus competencias. Los operadores afectados deberán proporcionar a la autoridad competente, en todo momento y en caso de ser requerida, toda la información y documentación necesaria que acredite el cumplimiento de la norma; así como facilitar la realización de controles in situ, en su caso.

La resolución podrá ser modificada a partir del 31 de diciembre de 2026, en función de la evolución de la producción.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación pone a disposición de los interesados un documento explicativo para la aplicación práctica de la norma, en forma de “preguntas más frecuentes”, con el objetivo de aclarar dudas sobre la norma. El documento está disponible en este enlace.

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