Aprobada la voluntariedad del CUE, aunque será obligatorio el registro electrónico de fitosanitarios

24/01/2025

El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha ratificado, con la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la normativa correspondiente, la voluntariedad de la utilización por parte de los agricultores y ganaderos españoles del Cuaderno Digital de Explotación. Por contra, anuncia la obligatoriedad a partir de 2026 de registrar electrónicamente el uso de fitosanitarios. Ante ello, ASAJA Alicante considera esta medida incoherente y ambigua, ya que las fechas cambian continuamente y dificultan su aplicación en la práctica a la hora de interpretarlas y cumplir la normativa. A priori, la indeterminación plasmada en el texto se traslada en retirar una obligación en un plazo determinado e imponer otra.

Así, el Real Decreto 34/2025, publicado recientemente en el Boletín Oficial del Estado, confirma la voluntariedad del Cuaderno Digital de explotación durante el actual periodo de aplicación de la Política Agrícola Común (PAC) 2023-2027. Con ello, se alcanza uno de los objetivos prioritarios que dirigieron las organizaciones agrarias al ministro Luis Planas, en un contexto marcado por movilizaciones tanto en España como en Europa. Al parecer, del texto se extrae que será voluntario en teoría a partir del 1 de enero de 2028, aunque podría establecerse una fecha posterior si vuelven a dilatarse las negociaciones de la PAC tal como sucedió en anteriores reformas.

Al margen de esta actualización normativa, con la que se fomenta la digitalización opcional de las explotaciones agrarias, garantizando al mismo tiempo flexibilidad para los agricultores que deseen usar medios tradicionales, como el papel. De esta manera, los agricultores pueden optar por registros electrónicos o en papel, dependiendo de sus necesidades específicas.

Por contrapartida, la extensión de la voluntariedad del CUE hasta 2028, no especifica que sigue vigente para todos los usuarios profesionales la obligación de efectuar el registro digital de los tratamientos fitosanitarios a partir de 2026, es decir, será obligatorio el registro electrónico de fitosanitarios para todos los agricultores con la entrada del próximo año, siendo una imposición para la que el sector no está preparado.  

En aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564 de la Comisión, de 10 de marzo de 2023, la nueva normativa estipula a partir de su entrada en vigor el 1 de enero de 2026 la obligación del registro electrónico de los tratamientos fitosanitarios para los operadores del ámbito agrario y no agrario. En el caso de los agricultores, será obligatorio para todos aquellos que tengan el carné de usuario profesional de productos fitosanitarios, tanto el nivel básico como cualificado. Una realidad a debate en la Unión Europea para que este reglamento comunitario sea acorde en el tiempo de vigencia y en las excepciones adoptadas para el cuaderno digital.

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