ITEAF

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¿Qué es la ITEAF?

La Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios (ITEAF) tiene por objetivo comprobar el estado en el que se encuentra la maquinaria agrícola para que esté garantizada la seguridad de los usuarios, la protección de su salud y del medio ambiente.

Permite mejorar la calidad de nuestros equipos y, con ellos, la de los tratamientos que realizamos sobre los cultivos.

¿La ITEAF es obligatoria?

La inspección ITEAF es obligatoria para todos los equipos de aplicación de fitosanitarios, salvo para los equipos y las mochilas pulverizadoras de menos de 100 litros de capacidad.

Según el Real Decreto 1702/2011 publicado por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que concreta que la ITEAF debe realizarse con anterioridad a 26 de noviembre de 2016 y, una vez realizada, tendrá una validez de 5 años hasta 2020. A partir de esta fecha es obligatorio realizarla cada 3 años.

  1. En caso de que el equipo de fitosanitarios sea nuevo: Deberá superar la inspección en los primeros 5 años desde su adquisición.
  2. Si el equipo no es nuevo, a partir de 2020 sin distinción entre empresas o agricultores particulares, deberán pasar la inspección con una periodicidad de 3 años.

¿En qué maquinaria debe realizarse?

1.- EQUIPOS MÓVILES DEDICADOS A LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA.

  • Pulverizadores hidráulicos (barras o pistolas).
  • Pulverizadores hidroneumáticos (atomizadores).
  • Pulverizadores neumáticos (nebulizadores) y centrífugos.
  • Espolvoreadores.

2.- EQUIPOS FIJOS Y EQUIPOS EN INSTALACIONES FIJAS E INVERNADEROS.

3.- EQUIPOS DE APLICACIÓN PARA TRATAMIENTOS AÉREOS.

4.- EQUIPOS MÓVILES DEDICADOS A OTROS USOS NO AGRÍCOLAS.

Requisitos para poder seguir la ITEAF

Antes de la realización de la inspección el propietario del equipo deberá tomar las siguientes acciones para permitir la correcta inspección de la maquinaria:

  • Acreditar que la maquinaria a inspeccionar se encuentre inscrita en el censo oficial (ROMA).
  • Presentar la maquina limpia tanto externa como internamente, poniendo especial atención a los filtros y las boquillas.
  • El depósito debe estar a ¾ partes de su capacidad nominal llena de agua para realizar la inspección.
  • Los resguardos de toma de fuerza, el eje y el resto de los elementos móviles estarán debidamente protegidos.
  • Los defectos y disfunciones detectados en la pre-inspección deberán haber sido reparados.
  • Efectuar una comprobación del estado de las boquillas y de las mallas de filtros
  • Disponer de manómetros adecuados:
    • Los pulverizadores para dispositivos bajos deberán tener divisiones de 0.2 bar en el intervalo de 0 a 5.o
    • Los pulverizadores para frutales deberán tener divisiones de 1 bar en el intervalo de 0 a 20 bar.
  • El equipo se utilizará con el tractor que se emplea habitualmente.

Áreas de inspección

  • Transmisión de fuerza
  • Bomba
  • Depósito y sistema de agitación
  • Controles (manómetro)
  • Conductos, barras y filtros
  • Boquillas y distribución
  • Sistema neumático

Resultado de la ITEAF

El titular o usuario al finalizar la inspección recibirá el CERTIFICADO Y BOLETÍN con el resultado de la inspección:

  • Favorable: sin defecto grave
  • Desfavorable: con defecto grave, conlleva la no utilización del equipo hasta la reparación de los elementos defectuosos.
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  • Las Administraciones Públicas en los casos previstos por la Ley.
  • Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
  • Los bancos y entidades financieras para el cobro de los servicios contratados.
  • Los registros públicos de solvencia patrimonial y a los sistemas de prevención contra el fraude

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DPD-Delegado Protección de datos

Cristina Aniorte Salinas