Últimas novedades para el sector agrario. Actualización a 28-10-20.
- Declaración de un nuevo estado de alarma para contener la propagación del COVID -19
- Medidas vigentes en la comunidad valenciana como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID -19
- PSOE y up aprueba el proyecto de los presupuestos generales del estado para 2021
1. Declaración de un nuevo estado de alarma para contener la propagación del COVID -19
Con fecha de 25 de octubre del corriente año 2020, el Gobierno aprobó el Real Decreto 926/2020 por el que se declara de nuevo el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el Covid-19, que entró en vigor desde la misma fecha de su publicación.
La nueva declaración del estado de alarma se centra fundamentalmente en una limitación de movilidad nocturna de carácter general, junto a la posibilidad de cerrar la entrada y salida de territorios.
El estado de alarma finalizará a las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020, sin perjuicio de las prórrogas que puedan establecerse. Aunque tras los primeros 15 días de vigencia, el Gobierno tiene previsto llevar al Congreso de los Diputados la prórroga de la vigencia del estado de alarma para los próximos seis meses, hasta el 9 de mayo.
Las principales novedades que se han aprobado mediante este Real Decreto son las siguientes:
a) Confinamiento nocturno general.
Durante el periodo comprendido entre las 23:00 y las 6:00 horas, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público por causa justificada, que son las siguientes:
-Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
-Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
-Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
-Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
-Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
-Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
-Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
-Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
b) La Generalitat prohibe entrar y salir de la Comunidad Valenciana
Desde las 12.00 horas del viernes 30 de octubre está prohibido entrar y salir de la Comunidad Valenciana, según ha anunciado el presidente de la Generalitat Valenciana. Sí se permiten los movimientos entre las provincias y municipios de la autonomía. En principio, esta prohibición se aplicará durante un periodo de siete días.
c) Reuniones de un máximo de seis personas.
La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, quedará condicionada a que no se supere el número máximo de 6 personas, salvo que se trate de convivientes, y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público.
Lo mismo ocurre con las reuniones en espacios privados. En el caso de las agrupaciones en que se incluyan tanto personas convivientes como personas no convivientes, el número máximo a que se refiere el párrafo anterior será de 6 personas.
d) Lugares de culto.
Los gobiernos autonómicos se encargarán de limitar la permanencia de personas en lugares de culto fijando los aforos para reuniones, celebraciones y encuentros religiosos, atendiendo al riesgo de transmisión que pudiera haber.
e) Régimen sancionador.
El incumplimiento de lo establecido en el real decreto o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes será sancionado con arreglo a las leyes, en los términos establecidos en el artículo 10 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio.
2. Medidas vigentes en la comunidad valenciana como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID -19
Mediante Resolución de 24 de octubre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, ratificadas el 25 de octubre, se aprueban medidas adicionales excepcionales en la Comunidad Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, cuya duración está prevista hasta el próximo 9 de noviembre.
Las novedades más importantes, son las siguientes:
a) Movilidad
Se restringe la movilidad nocturna en toda la Comunidad Valenciana entre las 00:00 de la noche y las 6:00 de la madrugada.
En esa franja horaria, solo podrán transitar por la calle aquellas personas que vayan a trabajar, que vuelven a casa del trabajo, o que se desplacen por una causa de fuerza mayor, como una urgencia médica o la atención de una persona dependiente.
b) Reuniones de carácter familiar y social.
Se limita a 6 personas el número máximo de miembros en una reunión de carácter familiar o social en espacios públicos y privados entre personas no convivientes.
c) Jardines y espacio al aire libre.
Los jardines y zonas de esparcimiento al aire libre solo podrán estar abiertos hasta las 10 de la noche.
d) Hostelería y restauración.
En este tipo de establecimientos, se establecen las siguientes restricciones:
-El consumo será siempre en mesa, nunca en barra.
-Las mesas serán de un máximo de 6 personas y los establecimientos cerrarán a la medianoche
-Las barras solo podrán ser usadas por las personas para pedir y recoger su consumición.
-El horario de cierre de los establecimientos será a las 00.00 horas, sin que puedan aceptar pedidos a partir de las 23.00 horas.
-El uso de la mascarilla será obligado en todo momento salvo en el momento de la consumición.
-Se realizará un cumplimiento estricto de las medidas de ventilación y climatización en espacios interiores.
e) Consumo de alcohol.
Queda prohibida la venta de alcohol entre las 22 horas y las 8 del día siguiente, de todo tipo de establecimientos de venta al público, excepto en los establecimientos de hostelería y restauración.
También queda prohibido el consumo de alcohol en la vía pública, las 24 horas del día, excepto en los establecimientos de hostelería y restauración.
3. PSOE y up aprueba el proyecto de los presupuestos generales del estado para 2021
El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Presupuestos del Estado para 2021 que ahora necesitará de la mayoría parlamentaria para que puedan ser aprobados. Entre las medidas que recoge, contempla:
IRPF
Subida de tres puntos para rentas del capital de más de 200.000 euros e incremento de dos puntos para rentas del trabajo de más de 300 mil euros. Tributación mínima del 15% para las Socimis, sociedades con un capital mínimo de 5 millones de euros.
Reducen las desgravaciones a los planes privados individuales de pensiones.
Sociedades
Incremento para grandes grupos empresariales, limitando las exenciones por dividendos y plusvalías generadas por su participación en sociedades filiales.
Patrimonio
Subida de un punto para contribuyentes con fortunas de más de 10 millones de euros.
Pensiones
Las prestaciones no contributivas suben un 1,8%, el doble del incremento general para todos los pensionistas.
IPREM
Este índice al que están vinculados numerosas ayudas, prestaciones (como las que reciben los parados de larga duración) y becas aumenta un 5%. Es la primera subida desde el 2016.
Políticas activas de empleo.
Las herramientas públicas para volver a trabajar o lograr un empleo mejor recibirán 2.000 millones más que en el anterior presupuesto.