Boletín ayudas y normativas Nº62

07/05/2021

Resumen del 30 de abril al 7 de mayo de 2021

  1. Convocatoria de ayudas a la primera instalación de jóvenes agricultores.
  2. Convocatoria por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas indemnizatorias para la erradicación y control de la bacteria de cuarentena Xylella fastidiosa.
  3. Convocatoria para la catalogación y promover la recuperación, mantenimiento, conservación y protección de la arquitectura de la piedra en seco.
  4. Convocatoria para los premios excelencia mujeres rurales 2021.
  5. Publicada la Resolución por la que se establecen las normas para la producción integrada en vid.
  6. Publicado los índices de precios para la actualización de las rentas de los arrendamientos rústicos suscritos con anterioridad a 26 de noviembre de 2003.
  7. Aprobadas por el Estado medidas urgentes a aplicar tras la finalización del estado de alarma el próximo 9 de mayo.
  8. Solicitado el aval de la justicia en la Comunitat para mantener el toque de queda tras la finalización del estado de alarma.


1. Convocatoria de ayudas a la primera instalación de jóvenes agricultores

Esta semana se ha publicado la Resolución por la que se convocan las ayudas a la primera instalación de jóvenes agricultores. Estas ayudas tienen como objetivo la concesión de ayudas para apoyar la primera instalación de jóvenes agricultores en explotaciones que alcancen la calificación de prioritaria y que lleguen a cumplir con los requisitos para ser considerados agricultores activos y profesionales.

Podrán ser beneficiarios los jóvenes con edad comprendida entre los 18 y 40 años que deseen incorporarse a la actividad agraria o, se hayan iniciado en los 24 meses anteriores.

Los requisitos que debe cumplir el solicitante son:

  • El proceso debe corresponder a la primera instalación del joven como titular de una explotación agraria iniciada en el momento de presentar la solicitud de ayuda.
  • Los objetivos descritos en el plan empresarial deben alcanzarse en dos fases.
  • No puede haber finalizado el proceso de instalación antes de presentar la solicitud de ayuda.
  • El proceso de instalación no debe haberse iniciado con una antelación mayor a 24 meses antes de la presentación de la solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, y por tanto, podrá presentarse hasta el 6 de julio, acompañando a la solicitud entre otros documentos, el correspondiente plan empresarial.

Una vez alcanzados los objetivos descritos en los planes empresariales, las personas beneficiarias deben presentar la correspondiente comunicación y solicitar el pago de la ayuda correspondiente.

Si quieres informarte o solicitar la ayuda de primera instalación puedes ponerte en contacto con la oficina de Alicante (965 123 201) oficina de Orihuela (966 742 382) y la oficina de Muro de Alcoy (965 532 154).

2. Convocatoria por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas indemnizatorias para la erradicación y control de la bacteria de cuarentena Xylella fastidiosa.

Esta semana se ha publicado en el Diario Oficial la Resolución por la que se convocan las ayudas indemnizatorias para la erradicación y el control de la Xylella fastidiosa.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los propietarios de parcelas con cultivos incluidos en la lista de vegetales huéspedes susceptibles de Xylella fastidiosa que hayan sido destruidos por la aplicación de las medidas fitosanitarias obligatorias. También podrán ser beneficiarios de estas ayudas los proveedores de material vegetal que cumplan con los mismos requisitos.

El plazo de presentación de solicitudes será desde hoy hasta el 31 de octubre de 2021.

Si quieres informarte o solicitar la indemnización puedes ponerte en contacto con Tere Alemany (965 532 154).

3. Convocatoria para la catalogación y promover la recuperación, mantenimiento, conservación y protección de la arquitectura de la piedra en seco.

Esta semana también se ha publicado la Resolución por la cual se convocan para el año 2021 las subvenciones para la catalogación de bienes inmuebles de piedra en seco, así como para promover la recuperación, mantenimiento, conservación y protección de la arquitectura de la piedra en seco en la Comunitat.

Las modalidades de ayuda son:

  • Catalogación de estas construcciones.
  • Trabajos de restauración y conservación preventiva que sirvan a su mantenimiento.

Podrán ser beneficiarios de ambas ayudas los ayuntamientos, mancomunidades y asociaciones sin ánimo de lucro que realicen actividades de protección y conservación del patrimonio, y para los trabajos de recuperación las personas físicas o las jurídicas que sean titulares del bien.

El máximo de la ayuda por beneficiario será de 10.000€.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, por tanto, podrán solicitarse hasta el 21 de mayo de 2021.

4. Convocatoria para los premios excelencia mujeres rurales 2021.

Esta semana se ha publicado en el BOE el extracto de la Orden de 28 de abril de 2021, por la que se convocan premios de excelencia a la innovación para mujeres rurales.

La finalidad de estos premios es distinguir proyectos nuevos, excelentes, originales e innovadores realizados por mujeres rurales y actuaciones que reconozcan el trabajo y el papel de las mujeres en el medio rural.

Las iniciativas se premiarán con 18.000€, 12.000€ y 7.500€.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, por tanto, podrán presentarse hasta el 4 de junio de 2021.

5. Publicada la Resolución por la que se establecen las normas para la producción integrada en vid.

Esta semana se ha publicado en el Diario Oficial la Resolución por la que se establecen las normas para la producción integrada en vid y se sustituye el Anexo V de la Resolución del año anterior, a consecuencia de los cambios que se producen en los productos fitosanitarios.

6. Publicado los índices de precios para la actualización de las rentas de los arrendamientos rústicos suscritos con anterioridad a 26 de noviembre de 2003.

Esta semana se ha publicado en el BOE la Resolución por la que se publican los índices de precios percibidos por los agricultores y ganaderos en 2020, a los efectos de la actualización de las rentas de los arrendamientos rústicos realizados con anterioridad a 26 de noviembre de 2003, conforme a la cláusula de actualización de rentas de la Ley 83/1980, de 31 de diciembre.

7. Aprobadas por el Estado medidas urgentes a aplicar tras la finalización del estado de alarma el próximo 9 de mayo.

Esta semana se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 8/2021, por el que se adoptan medidas urgentes a aplicar tras la finalización del estado de alarma el próximo domingo.

Entre las medidas promulgadas destacan las siguientes:

  • Control sanitario de los pasajeros internacionales, para ello, el Ministerio de Sanidad determinará los controles sanitarios necesarios a los que deben someterse los pasajeros que lleguen a España.
  • La obligación de convocar y celebrar las juntas de propietarios de las comunidades de propiedad horizontal se suspende hasta el 31 de diciembre de 2021, así como las obligaciones de aprobar ingresos y gastos. No obstante, podrá reunirse a solicitud del presidente o de la cuarta parte de los propietarios.
  • Hasta el 9 de agosto de 2021, no podrá suspenderse el suministro de energía eléctrica, gas natural y agua a aquellas personas en las que concurra la condición de consumidor vulnerable.
  • Posibilidad de suspensión del desahucio y lanzamiento hasta el 9 de agosto de 2021 para los hogares vulnerables sin alternativa habitacional.
  • Prorroga extraordinaria de 6 meses de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual que desde la entrada en vigor y hasta el 9 de agosto de 2021 finalice el periodo de prorroga obligatoria o tácita.

8. Solicitado el aval de la justicia en la Comunitat para mantener el toque de queda tras la finalización del estado de alarma

El presidente de la Comunitat pretende mantener algunas restricciones tras la finalización del estado de alarma, entre las medidas anunciadas:

  • Toque de queda entre la medianoche y las 6 horas.
  • Reuniones sociales con un máximo de 10 personas, tanto en espacios públicos como cerrados.
  • Límite de aforo del 75% en los espacios de culto.

No obstante, estas medidas no serán publicadas hasta que no sean avaladas judicialmente.

Si quieres consultar el boletín anterior de Ayudas y normativas, pulsa AQUÍ.

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DPD-Delegado Protección de datos

Cristina Aniorte Salinas