Boletín ayudas y normativas Nº60

Resumen del 16 al 23 de abril de 2021

  1. Restricciones Covid-19 desde el 26 de abril al 9 de mayo
  2. Convocatoria de ayudas a la participación por primera vez de personas agricultoras y agrupaciones en regímenes de calidad de productos agrícolas y alimentarios y ayudas a las actividades de información y promoción realizadas por grupos de personas productoras en el mercado interior.
  3. Convocatoria para el control oficial de rendimiento lechero
  4. Convocatoria de ayudas para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción.
  5. Aprobado una nueva norma para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.


1. Restricciones Covid-19 desde el 26 de abril al 9 de mayo

Aunque aún no se han publicado las medidas, en el día de ayer, el presidente anunció las restricciones de la Comunidad que regirán entre el 26 de abril y el 9 de mayo.

Los locales de hostelería y restauración podrán abrir hasta las 22 horas, con un máximo de 6 personas. El aforo de interior será del 30% y de exterior el 100%.

Las reuniones sociales estarán limitadas a dos grupos de convivencia y a seis personas máximo.

El cierre perimetral de la comunidad sigue vigente hasta el 9 de mayo, sin perjuicio de los desplazamientos justificados por motivos laborales y el resto de las excepciones previstas.

También se mantiene el toque de queda desde las 22 horas a las 6 de la mañana.

Se amplía el aforo de los comercios al 50% y el cierre hasta las 22 horas. También se amplía el aforo de actividades culturales hasta el 75%, pero aún no se permiten las comunicaciones.

Las ceremonias y eventos no podrán superar el 50% del aforo, y no habrá limite de personas.

Los lugares en los que se practique deporte en interior, el aforo se mantiene al 30%, siendo obligatorio el uso de mascarilla.

2. Convocatoria de ayudas a la participación por primera vez de personas agricultoras y agrupaciones en regímenes de calidad de productos agrícolas y alimentarios y ayudas a las actividades de información y promoción realizadas por grupos de personas productoras en el mercado interior.

Esta semana se ha publicado la Resolución por la que se convocan ayudas para aquellos agricultores y grupos de agricultores que por primera vez formen parte de regímenes de calidad de productos agrícolas y alimentarios, así como las ayudas a las actividades de información y promoción llevados a cabo por grupos de personas productoras en el mercado interior.


Podrán ser beneficiarios de las primeras ayudas los agricultores y grupos de estos, y serán subvencionables:

  • Costes ocasionados por la inscripción en el régimen de calidad.
  • La cuota anual de participación en un régimen de calidad.
  • El coste de los controles necesarios para comprobar el cumplimiento del pliego de condiciones del régimen.

La cuantía de la ayuda será del 70% de los gastos subvencionables, sin que pueda superar los 3000€ por explotación y año, y por un máximo de 5 años.


Para las segundas, podrán ser beneficiarios los grupos de personas productoras que lleven a cabo actividades de información y promoción en el mercado interior de alguno de los programas de calidad diferenciada agroalimentaria de la Comunidad Valenciana, y serán subvencionables:

  • Campañas de promoción y publicidad genéricas.
  • Elaboración de material divulgativo y promocional.
  • Elaboración y publicación de dossieres y monográficos sobre alimentos de calidad.
  • Realización de jornadas técnicas.
  • Acciones de relaciones públicas y misiones comerciales.
  • Acciones de promoción para organización o participación en ferias o exposiciones.
  • Estudios orientados a la mejora de la promoción.

La cuantía también será del 70% de los gastos subvencionables realizados, sin que pueda superar el máximo de 100.000€ por año y beneficiario.


El plazo de solicitud de las ayudas será de un mes, por tanto, será posible solicitarlas hasta el 21 de mayo de 2021.

3. Convocatoria para el control oficial de rendimiento lechero

Esta semana se ha publicado la Resolución por la que se convocan las ayudas para el control oficial de rendimiento lechero para el ejercicio 2021.


Estas ayudas podrán solicitarse hasta el próximo 20 de mayo, y la justificación de las inversiones o gastos deberá realizarse antes del 15 de noviembre de 2021.

Podrán ser beneficiarios los titulares de las explotaciones lecheras ubicadas en la comunidad. La cuantía no podrá superar la cantidad de 10€ por cada lactación finalizada y válida de vacas y de 5€ por cada lactación finalizada y válida de ovejas y cabras.

4. Convocatoria de ayudas para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción.

Esta semana también se ha publicado la Resolución por la que se convocan las ayudas para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción. Las ayudas podrán solicitarse hasta el próximo 20 de mayo.


Podrán ser beneficiarios las organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por la comunidad, y las actividades subvencionables la creación o mantenimiento de libros genealógicos, así como las que se deriven del programa de mejora oficialmente reconocido para la raza.

La cuantía de la subvención no podrá superar los 24.000€.

5. Aprobado una nueva norma para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.

Este nuevo Real Decreto modifica la anterior regulación en el siguiente sentido:

  • Se considera empresa vinícola a aquellas empresas cuya producción supere los 500 hl en lugar de los 1.000hl exigidos anteriormente.
  • La ayuda a la cosecha en verde solo podrá aplicarse a los viñedos destinados a uva de vinificación, y su finalidad será evitar la crisis de mercado y recobrar el equilibrio entre la oferta y la demanda.
  • Las Comunidades Autónomas que quieran aplicar la medida de la cosecha en verde deberán remitir antes del 15 de enero de cada año la solicitud debidamente justiciada.
  • Para las ayudas de cosecha en verde, en el momento de la solicitud, deben estar inscritos en el registro vitícola y las parcelas objeto de la ayuda.
  • Se permite la vendimia en verde manual, mecánica y química.
  • La superficie por parcela será igual o superior a 0,3 ha y la superficie máxima de 10 ha por viticultor y año. Tampoco podrá recibirse esta ayuda para una misma parcela en dos campañas consecutivas.
  • Las Comunidades Autónomas en las que se vaya a aplicar esta cosecha en verde, deberán establecer un plazo para presentar las solicitudes de ayuda que no podrá comenzar antes del 15 ni después del 30 de abril de cada año.
  • La lista de parcelas autorizadas a aplicar la cosecha en verde deberá comunicarse por las Comunidades Autónomas antes del 7 de junio.
  • Entre los criterios de prioridad para la elección de las parcelas en las que aplicar la medida dependerá de cada CCAA, entre otras podrán ser, inscripción en DOP/IGP, tipo de uva, variedad, superficie de la parcela, método de eliminación, joven viticultor, inscripción en el registro de titularidad compartida.
  • Las CCAA deberán resolver y notificar antes del 30 de junio.
  • Los controles se realizan en todas las parcelas en las que se haya concedido la ayuda en verde y deberá realizarse antes del 16 de julio.

Excepcionalmente para el año 2021, y debido a los efectos de la pandemia, el Ministerio de Agricultura decidirá habilitar la medida de la cosecha en verde, para recobrar el equilibrio entre la oferta y la demanda.

Si quieres consultar el boletín anterior de Ayudas y normativas, pulsa AQUÍ

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