Boletín ayudas y normativas Nº52

25/02/2021

Resumen del 19 al 25 de febrero de 2021

  • Gratuidad aprovechamientos apícolas en montes propiedad de la Generalitat
  • Convocatoria para la concesión subvenciones para la integración cooperativa agroalimentaria
  • Desescalada en la Comunidad Valenciana a partir del 2 de marzo
  • Ayudas ocio nocturno

1. Gratuidad aprovechamientos apícolas en montes propiedad de la Generalitat

Esta semana se ha publicado en el Diario Oficial la Resolución, por la que se hace pública la relación de asentamientos en montes propiedad de la Generalitat, en los que se establece la gratuidad de los aprovechamientos apícolas disponibles a partir del 1 de septiembre de 2021.

Las personas interesadas podrán presentar las solicitudes en los siguientes 20 días hábiles desde la publicación de esta Resolución, por tanto, podrán hacerlo hasta el 25 de marzo.

La concesión se adjudicará por 3 años, hasta el 31 de agosto de 2024, en el anexo I de la citada resolución se determinan los aprovechamientos disponibles.

Los requisitos de los solicitantes son los siguientes:
– Estar inscritos en el REGA
– Tener suscrito y mantener el seguro de responsabilidad civil
– Identificación de las colmenas
– Respeto de las distancias respecto de caminos, carreteras…

2. Convocatoria para la concesión subvenciones para la integración cooperativa agroalimentaria

Esta semana se ha publicado en el Diario Oficial la Resolución por la que se convoca para el año 2021, la concesión de subvenciones para la integración cooperativa agroalimentaria en la Comunidad.

Como se regula en la Orden 15/2017, los beneficiarios podrán ser:

  • Las cooperativas agroalimentarias
  • Las cooperativas de segundo grado constituidas por cooperativas agroalimentarias
  • Los grupos cooperativos constituidos por cooperativas agroalimentarias
  • Las sociedades mercantiles en las que al menos el 50% de sus socios sean cooperativas agroalimentarias y ostenten más del 50% de los derechos de voto.

Las solicitudes se podrán presentar en el plazo de un mes desde la publicación del extracto, por tanto, podrán presentarse hasta el próximo 23 de marzo. La cuantía de la subvención no podrá superar el 50% del gasto subvencionable (gastos amortizables y de inversión).

3. Desescalada en la Comunidad Valenciana a partir del 2 de marzo

La próxima semana perderán vigencia las medidas que nos vienen acompañando desde Navidad, y debido a la mejora de la situación sanitaria, se ha anunciado que la próxima semana comenzará la desescalada de la Comunidad.

Aunque no se conoce con precisión cuales son las medidas que nos acompañarán la próxima semana, ya que estas aún no han sido publicadas, se ha podido conocer detalles de algunas de ellas.

Se abrirá la hostelería, no obstante, solo podrá atenderse en terrazas, con un máximo de 6 comensales por mesa, el interior del local continúa estando cerrado. Sin embargo, aún se desconoce cuál será el horario de estos establecimientos.

En cuanto al deporte, únicamente se abrirán aquellos establecimientos de actividades al aire libro, por lo que aún tendrán que esperar los gimnasios, piscinas y todos aquellos establecimientos cerrados.

También se desconoce si se abrirán las grandes ciudades los fines de semana, aunque lo que parece claro es que la Comunidad permanecerá cerrada incluso en Semana Santa. Tampoco se conoce si los comercios no esenciales podrán ampliar su horario dos horas más como se ha propuesto o continuarán con el horario actual que permite su apertura hasta las 18 horas.

4. Ayudas ocio nocturno

También esta semana se ha publicado el Decreto Ley 4/2021, de medidas extraordinarias para la concesión directa de ayudas a personas físicas o jurídicas explotadoras de establecimientos públicos de ocio nocturno, por la Covid-19, y el Decreto 29/2021, de aprobación de bases reguladoras y de concesión de ayudas a personas físicas o jurídicas explotadoras de establecimientos públicos de ocio nocturno, por la Covid-19.

Estas normas contienen dos modalidades de ayudas, las destinadas a personas físicas o jurídicas explotadoras de pubs, café cantante, concierto y teatro; y las destinadas a discotecas, salas de baile y de fiesta.

El importe previsto por estas ayudas es de 7.000€ para las primeras y 28.500€ para las segundas, además se permitirá anticipar hasta el 100% del importe de la subvención.

El plazo de presentación de ayudas será del 2 de marzo al 2 de abril de 2021, las cuales deberán realizarse de forma telemática a través de la Sede electrónica de la Generalitat.

Si quieres consultar el boletín anterior de Ayudas y normativas, pulsa AQUÍ

Tu carrito
//
Tu carrito esta vacío
0
//