Boletín ayudas y normativas Nº 278

20/03/2026

Resumen del 14 al 20 de marzo de 2026

  1. Se aprueba por la Región de Murcia la convocatoria de las ayudas destinadas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España, periodo 2023-2027.
  2. La Consellería de Agricultura destina más de 20 millones de euros a impulsar inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agroalimentarios.
  3. El Gobierno solicita a la Unión Europea 413 millones de euros para financiar los programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas.
  4. La Consellería Agricultura convoca ayudas por valor de 4 millones de euros para obras de acondicionamiento de caminos rurales en municipios y entidades locales menores.

1. Se aprueba por la Región de Murcia la convocatoria de las ayudas destinadas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España, periodo 2023-2027.

Con fecha de 7 de marzo, se ha publicado el Extracto de la Orden de 5 de marzo de 2026, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España, periodo 2023-2027.

El objeto de estas ayudas es atraer y apoyar a las personas jóvenes agricultoras y facilitar el desarrollo empresarial sostenible en las zonas rurales, así como promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, incluida la participación de las mujeres en la agricultura, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales, entre ellas la bioeconomía circular y la silvicultura sostenible.

Se trata de ayudas destinadas al establecimiento de jóvenes agricultores y agricultoras como titulares de explotación agraria que cumplan con los siguientes requisitos (Orden 14/03/2023, BORM nº 63):

-Tener entre 18 años y 40 años de edad inclusive, en el momento de presentar la solicitud de ayuda, y no cumplir los 41 años en el año natural de presentación de la solicitud.

-No haberse establecido, conforme al artículo 2.6, con anterioridad a los 30 meses previos a la solicitud de ayuda. No obstante, podrán ser beneficiarias aquellas personas que hubieran causado alta en un plazo anterior como familiar colaborador titular de explotación.

-Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Tesorería General de la Seguridad Social, así como no encontrarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a previstas la Ley General de Subvenciones.

-Presentar un plan empresarial.

El importe de la ayuda será de 27.500 euros (módulo básico) por persona joven instalada. Esta ayuda podrá incrementarse hasta alcanzar un máximo de 67.000 euros por joven, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 14 de marzo de 2023, dependiendo de las características de la persona joven y de la explotación, y del esfuerzo económico asumido, conforme al plan empresarial, a la hora de emprender la actividad agraria.

La ayuda se concederá en dos tramos que deberán estar recogidos en el plan empresarial. El importe a conceder en el primer tramo será del 50% de la ayuda total, siendo el importe del segundo tramo la liquidación final del plan empresarial certificado (50% restante).

El plazo de presentación de la solicitud de la ayuda ser del 8/03/2026 al 6/05/2026.

2. La Consellería de Agricultura destina más de 20 millones de euros a impulsar inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agroalimentarios.

La Consellería de Agricultura destina 20,5 millones de euros en ayudas dirigidas a mejorar las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios, con el objetivo de compensar las inversiones realizadas por las empresas del sector.

Estas subvenciones corresponden a la convocatoria 2024, en la que se aprobaron 90 proyectos de inversión, ejecutadas entre 2025 y 2026.

El pasado mes de diciembre se abonaron pagos por valor de 8,57 millones de euros, correspondientes a las ayudas del año 2025. Estos importes están financiados al 60 % por la Unión Europea, el 23,76 % por la Comunidad Valenciana, y el 16,24 % por la Administración General del estado.

Las principales inversiones han sido realizadas por pequeñas y medianas empresas y se han orientado a los grupos de actividad más representativos del sector, entre los que destacan frutas y hortalizas, cárnicos y embutidos, aceite de oliva, especias, snacks, zumos y extractos vegetales, así como productos de molinería.

3. El Gobierno solicita a la Unión Europea 413 millones de euros para financiar los programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas.

El Ministerio de Agricultura ha comunicado a la Comisión Europea las necesidades de fondos para la financiación de los programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas y sus asociaciones para la anualidad 2026, por un total de 413 millones de euros.

Esta cantidad es un 5,8 % superior a la del año 2025. Se trata de una previsión que se realiza a principio de cada anualidad, en función de los programas operativos aprobados por las Comunidades Autónomas. La ayuda europea será aproximadamente el 85 % de dicha cifra.

Estas ayudas van a beneficiar a 407 organizaciones de productores de frutas y hortalizas y sus asociaciones repartidas en 15 comunidades autónomas, en función del valor de la producción comercializada. Las principales perceptoras son Andalucía, Murcia, Comunidad Valenciana, Cataluña, Aragón, Extremadura y Navarra.

El régimen de ayudas al sector de las frutas y hortalizas está establecido en el Reglamento (UE) 2021/2115 y se desarrolla normativamente en el Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión. Consiste en que las OPFH y sus asociaciones que constituyan un fondo económico, formado por la ayuda de la UE y por las contribuciones de las propias organizaciones y de sus miembros, tienen la posibilidad de acceder a una asistencia financiera para realizar diversas intervenciones.

Entre ellas, las destinadas a la mejora de las infraestructuras de producción y comercialización, de la calidad o el medio ambiente, de investigación y desarrollo de métodos de producción innovadores, de formación y asesoramiento o de prevención de crisis y gestión del riesgo, en el marco de los programas operativos de carácter plurianual.

Así, las OPFH se pueden beneficiar de una ayuda UE en régimen de cofinanciación del 50 % del coste de los gastos efectuados (ampliable al 60 %, 80 % o incluso al 100 % en determinados casos) hasta el límite general del 4,1 % del valor de producción comercializado de cada entidad. Este último porcentaje también es ampliable en caso de organizaciones o asociaciones transfronterizas o que contribuyan a determinados objetivos.

Estas entidades asociativas son imprescindibles para la organización y fortalecimiento de los productores en los mercados hortofrutícolas. Generan tejido económico y valor añadido, integran a productores para fortalecer su posición a lo largo de la cadena de cadena agroalimentaria y contribuyen a la planificación de la producción nacional, ordenada con arreglo a la demanda.

4. La Consellería Agricultura convoca ayudas por valor de 4 millones de euros para obras de acondicionamiento de caminos rurales en municipios y entidades locales menores.

La Consellería de Agricultura ha convocado las ayudas dirigidas a ayuntamientos y entidades locales menores de la Comunidad Valenciana para financiar obras de acondicionamiento de caminos rurales durante el ejercicio 2026, con una dotación global de 4 millones de euros en dos anualidades.

La convocatoria publicada en el DOGV, contempla una primera anualidad de 530.000 euros, con cargo al presupuesto de 2026 y una segunda de hasta 3.470.000 euros imputable a 2027, dentro de la línea de Obras y servicios de infraestructura agraria en municipios.

Podrán solicitar estas ayudas los municipios y las entidades locales menores que tengan atribuidas competencias en materia de construcción, mejora y adecuación de caminos rurales.

Serán subvencionables las actuaciones cuya finalidad principal sea la mejora permanente del firme de los caminos rurales de titularidad pública situados en el ámbito territorial de la entidad solicitante. En concreto, podrán financiarse obras sobre la subbase, la base o la capa de rodadura, siempre que al menos el 80 % del presupuesto de la actuación se destine a esa mejora permanente del firme.

Las solicitudes deberán presentarse por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Generalitat en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la resolución en el DOGV.

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DPD-Delegado Protección de datos

Cristina Aniorte Salinas