Boletín ayudas y normativas Nº 271

30/01/2026

Resumen del 23 al 30 de enero de 2026

  1. Conselleria de Agricultura renueva las bases reguladoras de las ayudas a las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura para reforzar la gestión integrada de plagas
  2. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación impulsa la simplificación del real decreto sobre medicamentos veterinarios y abre su consulta pública
  3. Conselleria de Agricultura flexibiliza las ayudas de la PAC y los requisitos ambientales
  4. La Generalitat pone en marcha una prueba piloto de la Oficina Virtual de Atención Ciudadana para las solicitudes de nuevas plantaciones de viñedo

1. Conselleria de Agricultura renueva las bases reguladoras de las ayudas a las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura para reforzar la gestión integrada de plagas

La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana una nueva orden de bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIA), en el marco del impulso a la gestión integrada de plagas como pilar fundamental para la sanidad vegetal y la productividad de los cultivos.

La orden responde a la necesidad de contar con una línea de ayudas sólida y continua que impulse y apoye la labor de las ATRIA, consideradas un instrumento clave para la difusión y aplicación de prácticas fitosanitarias sostenibles en el territorio.

Estas ayudas tienen como objetivo reforzar el papel de las agrupaciones en la mejora de la sanidad de los cultivos y favorecer la adopción generalizada de métodos de control biológico y otras técnicas de control integrado que reduzcan la dependencia de productos fitosanitarios convencionales.

Las ATRIA desempeñan un papel esencial en la reducción del uso de plaguicidas, en la promoción del equilibrio del agroecosistema y en la minimización de los riesgos para la salud humana y el medio ambiente, garantizando al mismo tiempo la sanidad de los cultivos de una manera sostenible.

Además, a través de actuaciones conjuntas, contribuyen a mejorar la viabilidad económica de las explotaciones agrícolas y la seguridad alimentaria en la Comunitat Valenciana, así como a fortalecer la capacitación técnica de sus asociados en materia de producción integrada de cultivos.

La renovación de las bases reguladoras tiene como finalidad adaptarlas a la nueva normativa vigente e incorporar la experiencia adquirida en la gestión de estas ayudas a lo largo de los años, introduciendo mejoras en la tramitación.

Entre los principales cambios, se modifica el régimen de exención de la Unión Europea, se establecen nuevos criterios de valoración de las agrupaciones y se introducen ajustes en el procedimiento de concesión.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura inscritas en el Registro Valenciano de las ATRIA, constituidas por personas dedicadas a la agricultura cuyos predios integren una superficie mínima que garantice la máxima eficacia de las técnicas de control a aplicar y la viabilidad económica del empleo de mano de obra cualificada. El número mínimo de personas socias agrupadas será de diez.

En este sentido, serán subvencionables los costes laborales del personal técnico contratado por las ATRIA para dirigir la lucha común contra las plagas. En los cultivos agrupados, la ayuda podrá concederse por un máximo de cinco años consecutivos, con un límite del 60 % del coste de la actividad subvencionada en el primer año, porcentaje que decrecerá un 10 % anual.

La financiación de estas ayudas se realizará con cargo al presupuesto de gastos de la Generalitat Valenciana. La orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGV.

2. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación impulsa la simplificación del real decreto sobre medicamentos veterinarios y abre su consulta pública

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación somete desde el día 29 de enero a consulta pública el proyecto de modificación del Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, que regula los medicamentos veterinarios, al objeto de simplificar y mejorar su aplicación.

Con esta modificación se da cumplimiento al mandato establecido en la disposición adicional cuarta de la Ley 7/2025, de 28 de julio, por la que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública y se modifica la Ley 33/2011, General de Salud Pública.

La propuesta de modificación es fruto del diálogo mantenido entre los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios con el sector veterinario. Como resultado de este proceso participativo, se promueve la revisión de la regulación vigente, con el fin de adaptarla a la situación actual del sector veterinario y facilitar una mejor aplicación de la normativa sobre los medicamentos veterinarios.

De este modo, se mejora el régimen de cesión de medicamentos, se clarifica la prescripción y el uso de antibióticos y se reducen las cargas administrativas asociadas a la base de datos del Sistema Informático Central de Control de Prescripciones Veterinarias de Antibióticos (Presvet).

La consulta pública está disponible en este enlace.

3. Conselleria de Agricultura flexibiliza las ayudas de la PAC y los requisitos ambientales

La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca ha aprobado una nueva modificación de las ayudas de la Política Agraria Común (PAC), tras la aprobación, en 2025, por parte de la Comisión Europea, de la modificación del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC).

La actualización permite la introducción de medidas de simplificación y flexibilidad tanto en las ayudas directas como en las medidas de desarrollo rural, con el objeto de mejorar su aplicación.

Esta modificación se enmarca en la flexibilización de los requisitos y condiciones de admisibilidad de los compromisos ambientales de las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, así como en la adaptación a la definición a nivel nacional de ‘agricultor activo’.

Asimismo, y dada la situación estructural actual de los pastos mediterráneos, la norma permite que, en circunstancias especiales derivadas de la ubicación de los pastos en parques naturales o espacios protegidos o de alteraciones climáticas severas, en las que la disponibilidad de pasto se encuentre comprometida, las autoridades competentes de las comunidades autónomas autoricen la adaptación de las cargas ganaderas previstas.

La orden adapta las bases reguladoras a la normativa autonómica sobre la habilitación de entidades agrarias colaboradoras para la presentación y tramitación electrónica de la solicitud única de ayudas de la PAC, la cumplimentación del cuaderno digital de explotación agrícola y el acceso a los datos del Registro de Explotaciones Agrícolas de la Comunitat Valenciana.

Asimismo, se establece una carga ganadera mínima y máxima en pastos mediterráneos de 0,1 y 1,2 UGM por hectárea respectivamente en todo el territorio de la Comunitat Valenciana, se concretan los beneficiarios de las ayudas y se definen los municipios susceptibles de recibirlas.

Estas ayudas están financiadas con fondos FEAGA y FEADER, este último cofinanciado con fondos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Generalitat, y se incluyen en el Plan estratégico de subvenciones de la conselleria de Agricultura para el periodo 2024-2026.

La orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

4. La Generalitat pone en marcha una prueba piloto de la Oficina Virtual de Atención Ciudadana para las solicitudes de nuevas plantaciones de viñedo

La Dirección General de Política Agraria Común, junto con la Dirección General de Simplificación Administrativa, ha comenzado una prueba piloto de la Oficina Virtual de Atención Ciudadana (OVAC) para prestar atención telemática a las solicitudes de nuevas plantaciones de derechos de viña.

Se ha habilitado esta prueba para la implantación de viñedos en superficies para las que no disponen de autorizaciones los viticultores. El plazo de solicitudes comienza el 15 de enero y termina el 28 de febrero.

A esta Oficina Virtual de Atención Ciudadana se accede mediante el siguiente enlace: https://ovac.gva.es.

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DPD-Delegado Protección de datos

Cristina Aniorte Salinas