Resumen del 11 al 17 de octubre de 2025
- El Ministerio de Agricultura anuncia que agricultores y ganaderos percibirán el pago anticipado de las ayudas directas de la PAC.
- El Gobierno aprueba las mejoras de la PAC acordadas con las comunidades autónomas y con la Comisión Europea.
- El Ministerio de Agricultura autoriza el reparto entre las comunidades autónomas de 7,4 millones de euros para sanidad animal.
- El Gobierno amplía en 25 millones de euros la línea de reafianzamiento de créditos para el sector agrario, pesquero y alimentario.
1. El Ministerio de Agricultura anuncia que agricultores y ganaderos percibirán el pago anticipado de las ayudas directas de la PAC.
El Ministerio de Agricultura anuncia que adelantará 2.563 millones de euros a los organismos pagadores de las comunidades autónomas que han solicitado fondos para realizar el pago de los anticipos a los beneficiarios de las ayudas directas de la Política Agraria Común correspondientes a las solicitudes de ayuda presentadas en 2025.
El pago del anticipo es una opción voluntaria para los organismos pagadores, de forma que corresponde a las autoridades competentes de las comunidades autónomas la decisión de anticipar o no el pago, así como del momento de realizarlo y las líneas de ayuda a abonar entre las previstas en la normativa nacional. Hay que tener en cuenta que se deben realizar controles previos para garantizar el uso adecuado de los fondos de la Unión Europea.
La Comisión Europea ha autorizado el incremento del pago anticipado de hasta el 70 % del importe de ayudas directas en forma de anticipo, con el fin de dotar de una mayor liquidez a los agricultores y ganaderos de la UE en el comienzo de la campaña agrícola y ayudarles así a hacer frente al impacto de los actuales conflictos en Ucrania y en Oriente Próximo y de las condiciones climáticas adversas en distintas zonas.
El plazo ordinario de pagos de las ayudas directas comenzará el 1 de diciembre, fecha a partir de la cual las comunidades autónomas podrán pagar hasta el 90 %del importe. El pago del 100% de la ayuda se autorizará a partir del 15 de mayo, una vez calculados los importes unitarios definitivos de las ayudas directas. Este plazo ordinario finalizará el 30 de junio de 2026 aunque se podrán realizar pagos residuales hasta el 15 de octubre de 2026, fecha en la que finaliza el ejercicio del Fondo Europeo Europea Agrícola de Garantía Agraria y en la que se habrán abonado los 4.889 millones de euros en concepto de ayudas directas al sector.
Las comunidades autónomas que participan en el sistema de prefinanciación de los fondos de la PAC, coordinado por el Fondo Español de Garantía Agraria, han comunicado sus estimaciones de pago anticipado por una cantidad ligeramente inferior a los 2.600 millones de euros, y prevén que en la segunda quincena de octubre se podrán pagar en torno a 1.800 millones de euros.
Las intervenciones de ayudas directas por las que se pueden abonar anticipos en 2025 son las siguientes:
-Ayuda Básica a la Renta para la Sostenibilidad y sus pagos complementarios (pago redistributivo y pago a jóvenes).
-Ecorregímenes
-Ayudas Asociadas (a excepción de las ayudas asociadas de engorde de terneros y el pago específico al algodón, que se podrán abonar a partir del 1 de diciembre).
2. El Gobierno aprueba las mejoras de la PAC acordadas con las comunidades autónomas y la Comisión Europea.
El Gobierno ha aprobado un real decreto por el que se modifican diversas disposiciones sobre la Política Agraria Común para mejorar algunos aspectos, tras tres años de aplicación desde la última reforma, que implican diversos ajustes técnicos y una mejora en su contenido.
Entre otros aspectos, se incluye el reconocimiento de los sistemas agrivoltáicos como superficies potencialmente admisibles a efectos de las ayudas de la PAC, siempre que se mantenga el carácter prioritario de la actividad agraria. Esta medida responde a la necesidad de fomentar modelos sostenibles de producción agrícola y energética, sin comprometer el uso agrario del suelo. Los criterios técnicos que garanticen la compatibilidad entre ambos usos se definirán posteriormente. Esta medida representa una flexibilización que permitirá a más agricultores acogerse a las ayudas y ofrecer nuevas oportunidades de diversificación de sus ingresos sin comprometer el uso agrícola de las tierras.
Se aprueba también la simplificación y una serie de mejoras técnicas de los ecorregímenes. Así, se elimina la exigencia de mantener en verano una cubierta vegetal mínima del 20 % de la anchura libre de la proyección de copa para la práctica de cubiertas vegetales espontáneas o sembradas en cultivos leñosos, en coherencia con las flexibilidades introducidas en el año 2024 para los secanos.
Además, se establece un porcentaje único del 7 % de espacios de biodiversidad para explotaciones mixtas que combinen distintos tipos de tierras, lo que simplifica la gestión. Se amplía el listado de especies mejorantes válidas para la práctica de rotación de cultivos y se permite la inclusión de leguminosas plurianuales en zonas de no cosechado, con lo que se amplían las opciones de planificación agronómica.
Otra simplificación aprobada es en la gestión de las intervenciones sectoriales de frutas y hortalizas y la vitivinícola. En la primera, se introducen disposiciones para asegurar la compatibilidad entre los ecorregímenes y las acciones medioambientales coincidentes de los programas operativos durante un periodo transitorio. Igualmente, se amplía el alcance de las actividades de I+D+i a toda la cadena de valor del producto bajo el control de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas, se alinea la definición de “filial” con la normativa comunitaria y se mejora la aplicación de los programas operativos para adecuar sus modificaciones a una planificación plurianual.
En cuanto a la intervención sectorial vitivinícola, los ajustes se orientan a mejorar la ejecución presupuestaria mediante la modificación de fechas para la comunicación de previsiones financieras, la clarificación de disposiciones sobre estimación de ejecuciones de promoción en terceros países y el ajuste de la redistribución de fondos entre comunidades autónomas.
Así mismo se ha aprobado también la modificación de otros reales decretos relativos a la aplicación de la PAC. En concreto, se establecen algunas especificidades en las cesiones de derechos en los casos en los que el cedente sea un agricultor que se incorpora a la actividad agraria o es una explotación catalogada como titularidad compartida; se adaptan los controles para ajustarlos a la actualización de la normativa sectorial, así como para uniformarlos y, de este modo, simplificar las actuaciones que hay que llevar a cabo.
Se introducen también cambios en la gestión y control de la disponibilidad de las parcelas declaradas por el agricultor en la solicitud única y en los plazos para subsanar deficiencias en las solicitudes; se adapta el régimen de aplicación de penalizaciones en materia de condicionalidad social, así como las establecidas en la intervención sectorial apícola. En materia de gobernanza, se establecen mejoras en el sistema de reporte a efectos del informe anual del rendimiento.
3. El Ministerio de Agricultura autoriza el reparto entre las comunidades autónomas de 7,4 millones de euros para sanidad animal.
El Ministerio de Agricultura autoriza la propuesta de distribución entre las comunidades autónomas de 7,4 millones euros para su aplicación en programas de erradicación de enfermedades de los animales. Una vez autorizado, la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural aprobará el reparto territorializado de los fondos.
El objetivo de esta línea es Apoyo a la ejecución de programas que permitan el control y posterior erradicación de determinadas enfermedades de los animales de importancia por sus implicaciones en la sanidad animal y por las consecuentes repercusiones que pueden tener tanto en la salud pública como en las exportaciones de los productos ganaderos españoles.
La mayor parte de los fondos a distribuir, 7,19 millones de euros, corresponden al programa nacional de control y erradicación de la tuberculosis bovina, para compensar la falta de cofinanciación europea.
El importe restante, 205.916 mil euros, se destina a Aragón y Baleares, las dos comunidades en las que este año se ha detectado la aparición de un nuevo serotipo de lengua azul y se emplearán en la adquisición de vacunas.
4. El Gobierno amplía en 25 millones de euros la línea de reafianzamiento de créditos para el sector agrario, pesquero y alimentario.
El Gobierno ha acordado ampliar en 25 millones de euros el préstamo concedido a la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria para dar cobertura con un reafianzamiento a la línea de créditos de inversión y circulante para el sector agrario. Con esta ampliación, el préstamo a SAECA alcanza ya un total de 75 millones de euros.
Esta línea de ayuda que el Ministerio de Agricultura puso en marcha a finales de 2024, se destina a facilitar el acceso al crédito a pymes del sector agroalimentario y pesquero y entidades asociativas agrarias mediante cobertura parcial de reafianzamiento de los avales otorgados por SAECA.
Con la ampliación aprobada, el límite de cobertura de capital máximo reafianzado es de 937,5 millones de euros, que permitirían movilizar un crédito máximo final de 1.171,8 millones de euros.
El aval de SAECA puede cubrir hasta el 80 % del importe del crédito por importes de entre un mínimo de 75.000 euros hasta un máximo de 2.500.000 euros. El 20 % restante lo asume la entidad financiera.
Esta línea ha tenido de apoyo ha tenido una buena acogida en el sector, ya que hasta el momento se han aprobado 107 operaciones, con un crédito total de 55,44 millones euros.
El 42 % de las operaciones corresponden a pymes. Destacan los créditos a titulares de explotaciones agrarias y de cooperativas agroalimentarias, que representan, respectivamente, el 31% y 14% de las operaciones aprobadas, con un importe reafianzado de 7,1 millones de euros en el primer caso y 4,8 millones para las cooperativas