Resumen del 1 al 7 de febrero de 2025.
- La Consellería de Agricultura abre el periodo de presentación de las ayudas de la PAC.
- El Gobierno aprueba la modificación de la norma de calidad de la miel.
- La Generalitat abre el plazo de información pública del proyecto de orden de bases reguladoras para la concesión de ayudas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras y nuevos agricultores.
- El Ministerio de Agricultura publica una segunda relación de beneficiarios de la ayuda directa por pérdida de renta por efectos de la DANA.
1. La Consellería de Agricultura abre el periodo de presentación de las ayudas de la PAC.
La Consellería de Agricultura abre el periodo de presentación de solicitudes para las ayudas incluidas en la Solicitud Única, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el año 2025.
Estas ayudas cuentan con un presupuesto global de 110 millones de euros para las diferentes líneas de apoyo a agricultores y ganaderos, como la ayuda básica, los ecorregímenes o las ayudas agroambientales.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 1 de febrero hasta el 30 de abril y la cumplimentación de las solicitudes se realizará de manera telemática. Para ello, los solicitantes pueden realizar su tramitación a través de la aplicación informática SGA-CAP, contando con el apoyo de las entidades colaboradoras acreditadas a tal fin como es Asaja-Alicante.
A través de la Solicitud Única, las personas titulares de explotaciones agrarias podrán solicitar las ayudas directas disociadas, como la ayuda básica a la renta, la ayuda redistributiva, la ayuda complementaria a jóvenes y los ecorregímenes. Así mismo, se podrán solicitar las ayudas asociadas a determinados cultivos, como el arroz, frutos secos u olivar, o a sectores ganaderos, como vacuno, ovino y caprino.
Además, se podrán solicitar también determinadas ayudas para el desarrollo rural, como son las ayudas agroambientales. Estas ayudas van dirigidas al cultivo sostenible del arroz en humedales, a la apicultura, a la agricultura ecológica, a la protección de avifauna y a la conservación y mejora de la oveja guirra. Dentro del mismo programa se convocan también las ayudas a zonas de montaña y a aquellas con limitaciones naturales distintas de la montaña.
2. El Gobierno aprueba la modificación de la norma de calidad de la miel.
Con fecha de 4 de febrero, el Gobierno ha aprobado un real decreto por el que se modifica la norma de calidad relativa a la miel, con el objeto de incorporar a la legislación nacional las modificaciones introducidas en la directiva de la Unión Europea.
Uno de los objetivos de la nueva norma es la mejora de la información proporcionada al consumidor sobre el origen de la miel. Así, se establece la obligación de indicar en el campo visual principal de la etiqueta el porcentaje que representa cada uno de los países de origen de la miel, en el caso de las mezclas.
Con la incorporación de esta modificación a la legislación nacional, se pretende proteger y aumentar la competitividad de las mieles de origen español y reforzar el mercado nacional, al dotarlo de mayor transparencia e información, y posicionar los productos frente a las mieles importadas.
La norma garantiza que el producto que llega al consumidor no ha sido desprovisto de las sustancias o ingredientes naturales que le confieren sus propiedades características y cumple con los criterios de composición, calidad y pureza que establece la normativa.
Con esta modificación se elimina la variedad miel filtrada y se establece que, aquella a la que se le haya retirado una parte importante del polen, será considerada miel para uso industrial, y no podrá comercializarse directamente al consumidor final. El polen es un componente clave de la miel y proporciona un vínculo con su origen botánico.
Con todo ello, se pretende garantizar a los consumidores un producto con la máxima calidad, así como una mayor transparencia en cuanto a su origen y características.
3. La Generalitat abre el plazo de información pública del proyecto de orden de bases reguladoras para la concesión de ayudas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras y nuevos agricultores.
La Generalitat abre el plazo de Información pública del proyecto de orden de la Consellería de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras y nuevos agricultores en la Comunidad Valenciana en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España 2023-2027
La apertura del trámite de información pública en relación con la iniciativa de elaboración del proyecto de referencia, estará disponible desde el 6 de febrero al 15 de febrero de 2025.
El proyecto de orden puede consultarse en el portal de participación de la Generalitat, a fin de que en el plazo mencionado las personas y las organizaciones potencialmente afectadas puedan presentar sus aportaciones y opiniones.
Las alegaciones, sugerencias u observaciones se realizarán, preferentemente, a través del citado portal de participación. Para la adecuada interpretación, valoración y, si procede, incorporación de las aportaciones, se deberá especificar el artículo y el apartado del proyecto al que se refieren, la modificación que se propone y las razones en las cuales se sustenta. Podrá igualmente acompañarse una propuesta de redacción alternativa.
4. El Ministerio de Agricultura publica una segunda relación de beneficiarios de la ayuda directa por pérdida de renta por efectos de la DANA.
El Ministerio de Agricultura ha publicado con fecha de 3 de febrero en la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria una segunda relación parcial de 1.121 agricultores y ganaderos afectados por la DANA a los que se les ha acreditado el derecho a percibir esta ayuda extraordinaria.
Se trata de titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas que figuran en los correspondientes registros, tienen un daño superior al 40 % en su producción peritado por Agroseguro y cuentan con ingresos agrarios declarados en el ejercicio 2023 conforme a la información de la AEAT, que son los requisitos establecidos para tener derecho a la percepción de este apoyo.
La ayuda directa para compensar la pérdida de renta por causa de la DANA, establecida por el Real Decreto-ley 7/2024, se concede de oficio por parte del Ministerio de Agricultura a los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, sin que tenga que solicitarse, y cuenta con una dotación presupuestaria de 200 millones de euros.
Los agricultores y ganaderos beneficiarios percibirán hasta un máximo de 25.000 euros de la ayuda directa a fondo perdido, con un mínimo de 5.000 euros, siempre y cuando no hayan recibido las ayudas directas a empresas y profesionales aprobadas por el Gobierno. En el caso de haberlas recibido, la cuantía podrá ser menor.
Se estima que antes de que acabe el mes de febrero se publicarán las cuantías de las ayudas a titulares que figuran en el listado publicado, para que puedan recibir el pago una vez se haya calculado el importe correspondiente por cada beneficiario, con los datos proporcionados por la AEAT.
El Ministerio tiene previsto publicar en las próximas semanas nuevas listas de beneficiarios, por lo que se recomienda a los agricultores y ganaderos que consideren que tienen derecho a percibir la ayuda que consulten periódicamente la página web del FEGA y que no realicen ninguna gestión hasta que no se haya informado de que ya no se publicarán más listados.