Resumen del 23 al 29 de febrero de 2024.

  1. El Ministerio de Agricultura el plazo para la justificación y solicitud de pago de las ayudas en inversiones vitivinícolas.
  2. La Consellería de Agricultura convoca las ayudas destinadas a la destilación de subproductos de vinificación para la campaña 2023/2024.
  3. La Consellería de Agricultura aprueba las ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo para operaciones que finalicen en la campaña 2024/2025.

1. El Ministerio de Agricultura el plazo para la justificación y solicitud de pago de las ayudas en inversiones vitivinícolas.

Con fecha de 26 de febrero, el Ministerio de Agricultura ha ampliado en 30 días el plazo para la justificación y solicitud de pago de la primera convocatoria de la intervención en inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, con el objetivo de favorecer una mejor ejecución de los proyectos de inversión en 2024.

Para ello, se ha publicado en el BOE una orden ministerial que autoriza esta ampliación, hasta el 31 de mayo de 2024, correspondiente al primer ejercicio financiero de la Intervención Sectorial Vitivinícola 2024-2027, financiada con el Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria, dentro del Plan Estratégico español de la Política Agraria Común.

Esta ampliación se realiza al amparo del real decreto que regula la Intervención Sectorial Vitivinícola que faculta al Ministerio de Agricultura a modificar las fechas y plazos por motivos de urgencia, debidamente justificados, o de adecuación a la normativa europea.

2. La Consellería de Agricultura convoca las ayudas destinadas a la destilación de subproductos de vinificación para la campaña 2023/2024.

La Consellería de Agricultura ha convocado por dos millones de euros las ayudas a la destilación de subproductos de vinificación para la campaña 2023/2024.

La convocatoria se rige por las bases contenidas en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.

Entre las medidas incluidas en esa norma se establece la intervención de destilación de subproductos de la vinificación, y permite a los productores la destilación de los orujos de uva y las lías de vino obtenidos en el proceso de vinificación para obtención de alcohol para uso industrial o energético.

La ayuda se concederá a los destiladores autorizados que transforman los subproductos obtenidos, entregados para su destilación en alcohol con un grado alcohólico mínimo del 92 % en volumen, para utilizarse exclusivamente con fines industriales o energéticos, con el fin de evitar distorsiones a la libre competencia, y dicho alcohol debe haber sido obtenido mediante operaciones de destilación que hayan finalizado a más tardar el 15 de julio.

El importe de la ayuda a pagar a los destiladores autorizados por la destilación de los subproductos es: 1,100 euros/por cien vol./hl para alcohol bruto obtenido a partir de orujos y 0,500 euros/por cien vol./hl para alcohol bruto obtenido a partir de vino y lías.

La solicitud de ayuda podrá presentarse por la destiladora autorizada hasta el 20 de julio de la campaña vitícola en curso.

3. La Consellería de Agricultura aprueba las ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo para operaciones que finalicen en la campaña 2024/2025.

Con fecha de 29 de febrero, se ha publicado la resolución de 23 de febrero del Director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo de la Comunidad Valenciana para operaciones que finalicen en la campaña 2024/2025.

El objetivo de estas ayudas consiste en conceder apoyo a los viticultores cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación, ubicados en la Comunidad Valenciana, para una o varias de las siguientes operaciones:

a) Replantación de viñedos con o sin sistema de conducción.
b) Reconversión de viñedos por cambios de variedad: sobreinjertado o Injertado sobre pie franco.
c) Mejora de las técnicas de gestión de viñedos.
d) Replantación por arranque obligatorio por motivos sanitarios o fitosanitarios por orden de la autoridad competente.

Se podrán acoger a la ayuda los viticultores y futuros viticultores cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación y que cumplan con los requisitos de admisibilidad.

Los solicitantes que quieran acogerse a la ayuda pueden presentar sus solicitudes desde del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y hasta el plazo del 22 de abril 2024.

Si quieres consultar el boletín anterior de Ayudas y normativas, pulsa AQUÍ.

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