Resumen del 14 al 20 de julio del 2023.

  1. El Gobierno actualiza la normativa para la coordinación y funcionamiento del sistema de control del rendimiento lechero.
  2. La Generalitat aprueba la gratuidad del aprovechamiento del pasto en montes públicos para rumiantes y équidos.
  3. El Gobierno aprueba una norma para favorecer el uso prudente y responsable de los medicamentos veterinarios.
  4. Los suscriptores de una póliza contra la sequía percibirán la subvención suplementaria al seguro agrario.

1. El Gobierno actualiza la normativa para la coordinación y funcionamiento del sistema de control del rendimiento lechero.

El Gobierno ha aprobado un real decreto que actualiza la normativa en materia de control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control del rendimiento lechero y se modifica diversa normativa en materia ganadera.

Esta actualización tiene la finalidad de determinar el valor genético, los méritos u otras capacidades de los reproductores. Para ello, el real decreto incorpora las novedades recogidas en el reglamento comunitario de Cría Animal.

De igual forma, la norma favorece la adecuación del sector lechero a los avances tecnológicos, como puede ser la digitalización y robotización, lo que permite una mayor autonomía de las explotaciones a la hora de generar información válida para los programas de cría, de forma que se puedan considerar otras posibilidades en la recogida de datos. En este sentido, el real decreto permite, por primera vez, el autocontrol por parte del ganadero, lo que va a facilitar el relevo generacional en este tipo de actividad ganadera.

Este real decreto, que mantiene la regulación del apoyo económico al control de rendimiento lechero, actualiza algunos aspectos en la gestión de las subvenciones, para adaptarlo al marco normativo europeo en materia de ayudas de Estado y a la normativa nacional sobre subvenciones. En concreto, incorpora esa adaptación a las bases reguladoras de ayudas a las asociaciones de criadores de ganado puro, tanto de ámbito nacional como autonómico.

Por otra parte, la norma aprobada hoy incluye una modificación del real decreto de 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas. Mediante la aplicación de ajustes técnicos, se busca reforzar la seguridad jurídica y garantizar su coherencia con la realidad y necesidades de funcionamiento del sector.

Así, se prohíben determinados procedimientos y aparatos de manejo, para proteger el bienestar de los animales. También se rectifica la tabla de equivalencias de Unidades de Ganado Mayor, que venía recogida en el anexo del citado real decreto, a fin de eliminar discrepancias y garantizar su paralelismo con la tabla de equivalencias recogida en el real decreto para la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PAC).

2. La Generalitat aprueba la gratuidad del aprovechamiento del pasto en montes públicos para rumiantes y équidos.

La Generalitat aprueba el Decreto 91/2023, de 22 de junio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, forestal de la Comunidad Valenciana, por el que se consolida, en el art. 69 de la citada norma, una de las reclamaciones que se venían haciendo por el sector de rumiantes y équidos de gratuidad del aprovechamiento del pasto en montes públicos de la Generalitat al considerar de interés público la actuación de los rumiantes y équidos en la prevención de incendios forestales.

3. El Gobierno aprueba una norma para favorecer el uso prudente y responsable de los medicamentos veterinarios.

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que regula la prescripción, distribución y dispensación de medicamentos veterinarios y cuyo objetivo es favorecer un uso prudente y responsable de éstos. Con este real decreto, el Gobierno completa el marco normativo sobre medicamentos veterinarios, junto a los ya aprobados sobre uso sostenible de antibióticos y regulación de la figura del veterinario de explotación.

El real decreto establece las obligaciones de la distribución mayorista, la venta minorista y por internet de medicamentos no sujetos a prescripción, las condiciones para la realización de prescripciones veterinarias, así como la transmisión electrónica a la autoridad competente de los datos de las recetas de antibióticos y las restricciones de uso de antimicrobianos. Además, establece las obligaciones en el uso de medicamentos en las explotaciones ganaderas y la gestión de los residuos de éstos.

Se trata, por tanto, de la aprobación de una normativa básica, de obligado cumplimiento en todo el territorio nacional, que incluye en su ámbito tanto los medicamentos producidos de manera industrial como los de fabricación extemporánea.

Asimismo, el nuevo real decreto aboga por adaptar el marco regulador de los medicamentos veterinarios a los avances científicos, las condiciones actuales del mercado y la realidad económica, mientras se asegura un elevado nivel de protección de la sanidad y bienestar animal y del medio ambiente y se salvaguarda la salud pública.

En la elaboración de la norma se han tenido en consideración los intereses de las pequeñas y medianas empresas, como son muchas de las entidades de distribución y dispensación autorizadas en España, dedicadas a la gestión de recetas electrónicas, así como los intereses de los profesionales veterinarios y las explotaciones ganaderas. Todo ello sin perder de vista el objetivo fundamental de garantizar un uso prudente y responsable de los medicamentos veterinarios.

La norma regula tanto las condiciones de prescripción como los requisitos que deben cumplir los profesionales veterinarios en el ejercicio de sus funciones. Entre las novedades más destacadas se establecen las condiciones de uso de los medicamentos antimicrobianos en función del riesgo que supone para la salud pública su uso en animales, así como los requisitos para la realización de tratamientos metafilácticos con antimicrobianos.

En el ámbito de la distribución mayorista, se regula una nueva figura como son los almacenes por contrato. También se definen las sociedades que pueden considerarse entidades o agrupaciones ganaderas en la venta minorista y, por primera vez, se regulan los requisitos de las plataformas de emisión de recetas electrónicas.

Otra de las novedades que introduce la norma aprobada hoy es el establecimiento de las obligaciones de los titulares de las explotaciones ganaderas en relación con el uso prudente de medicamentos veterinarios y la gestión de los residuos de éstos.

4. Los suscriptores de una póliza contra la sequía percibirán la subvención suplementaria al seguro agrario.

Los suscriptores de unas 63.000 pólizas de seguros agrarios contra la sequía empezarán a percibir en breve la subvención suplementaria para la contratación de seguros agrarios para la que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación aprobó un crédito de 40,5 millones de euros.

Esta ayuda está recogida en el real decreto-ley de medidas de apoyo al sector frente a la sequía y las consecuencias de la guerra en Ucrania aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 4 de mayo y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 11 de mayo.

La Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados (Agroseguro) ingresará en los próximos días las cantidades correspondientes a cada asegurado, sin necesidad de que éstos tengan que realizar ningún trámite adicional.

El seguro contra la sequía está previsto en varias líneas del seguro agrario, si bien esta subvención de carácter extraordinario se concentra especialmente en los cultivos herbáceos extensivos, viñedo, almendro, pastos para ganadería y olivar.

Esta ayuda complementa la ya percibida en el momento de la suscripción, hasta alcanzar el 70 % sobre el coste de la prima, máximo permitido por la vigente normativa comunitaria sobre ayudas estatales al sector agrario.

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