Boletín ayudas y normativas Nº 151

18/05/2023

Resumen del 12 al 18 de mayo del 2023.

  1. El Gobierno aprueba un real decreto que desarrolla la figura del veterinario de explotación.
  2. El Ministerio de Agricultura aprueba las normas que regularán la concesión de ayudas a proyectos innovadores en el sector agroalimentario.
  3. La Generalitat publica ayudas a los Municipios para la ejecución del Fondo Estratégico Municipal de Prevención de Incendios y Gestión Forestal.
  4. La Consellería de Agricultura inicia el procedimiento para la concesión de ayudas a ayuntamientos para facilitar el control de la población de jabalí.

1. El Gobierno aprueba un real decreto que desarrolla la figura del veterinario de explotación.

Con fecha de 16 de mayo, el Gobierno ha aprobado un real decreto por el que se establecen las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal en lo relativo a las obligaciones de vigilancia de los titulares de las explotaciones ganaderas y al plan sanitario integral de las mismas, y que modifica varias normas de ordenación en este ámbito.

Este nuevo real decreto desarrolla la figura del veterinario de explotación, recoge el contenido mínimo del plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas y establece la frecuencia mínima de las visitas zoosanitarias.

La norma se aplicará en todas las explotaciones ganaderas destinadas a la producción de alimentos, al aprovechamiento comercial de los productos ganaderos o a fines agrarios. Se exceptúan de su aplicación las granjas de autoconsumo, así como determinadas explotaciones en función de su tamaño consideradas de bajo riesgo desde el punto de vista sanitario, y otros establecimientos como los certámenes ganaderos, mataderos, plazas de toros, concentraciones de animales no permanentes y puestos de control.

Según establece el real decreto, el veterinario de explotación llevará a cabo una supervisión sanitaria y de bienestar animal de la explotación ganadera de manera presencial y de forma regular. Además, la frecuencia de las visitas zoosanitarias estará basada en el riesgo que presente la explotación e incluirán la supervisión de los aspectos recogidos en el Plan sanitario integral.

En dichas visitas, el veterinario realizará las recomendaciones pertinentes para subsanar las deficiencias que observe, incluidas aquellas destinadas a conseguir un uso sostenible de antibióticos. De igual forma, el veterinario asesorará al ganadero en materia de bioseguridad, trazabilidad, alimentación, detección temprana y respuesta rápida a las enfermedades y sobre la importancia de las resistencias antimicrobianas.
Dado que la salud y el bienestar de los animales están íntimamente relacionados, y que la valoración del bienestar de un animal sólo puede llevarse a cabo con el adecuado conocimiento de su situación sanitaria, el veterinario de explotación también será el encargado de diseñar el Plan de bienestar animal y supervisar su cumplimiento cuyo contenido se encuentra en su normativa específica.

2. El Ministerio de Agricultura aprueba las normas que regularán la concesión de ayudas a proyectos innovadores en el sector agroalimentario.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, aprueba un real decreto que establece las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones para financiar proyectos de innovación en el sector agroalimentario que desarrollen grupos operativos de carácter suprautonómico.

El plan estratégico para la aplicación de la nueva PAC en España reserva un presupuesto de 75 millones de euros para la concesión de estas ayudas en el periodo 2023-2027, de los que el 80 % será financiado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). Está prevista la realización de dos convocatorias en este periodo, por valor de 37,5 millones de euros cada una.

El real decreto aprobado contiene las bases reguladoras para la preparación y ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos suprautonómicos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las agrupaciones de personas, físicas o jurídicas, en las que intervenga un actor del sector agroalimentario y forestal (obligatorio), y que incorpore también otro tipo de otras entidades del sector investigador o del conocimiento, organizaciones no gubernamentales, grupos de acción local y puedan plantear un proyecto innovador con ejecución en varias comunidades autónomas, conforme a sus necesidades básicas y estratégicas para abordar cualquiera de los objetivos específicos de la PAC.

Estas ayudas persiguen dar financiación a proyectos innovadores orientados a beneficiar a todo un sector o subsector agroalimentario y forestal en el ámbito nacional, que se ejecuten en el territorio de al menos dos comunidades autónomas y cuyos integrantes pertenezcan a diferentes comunidades autónomas.

El fin último de esta línea de financiación es lograr una aplicación práctica más rápida y amplia de soluciones innovadoras, incluidas aquellas que surgen de una relación más estrecha entre la investigación y las prácticas de explotación agrícola, forestal y de la industria de transformación agroalimentaria. Este marco da cabida tanto a innovaciones que mejoren la competitividad del sector, que apuntalen su sostenibilidad y resiliencia ante el cambio climático, como aquellas innovaciones sociales que contribuyan a tener zonas rurales más dinámicas, capaces de atraer y retener talento joven y femenino.

Para ello se financian proyectos que pueden ser de un máximo 600.000 euros y durar varios años, con una amplia cobertura de gastos subvencionables que cubren desde la preparación del proyecto previa a la solicitud, como todos los ámbitos de la ejecución (personal, servicios, fungibles e inversiones), así como los necesarios para la transferencia de conocimiento y divulgación de los resultados. Como novedad, la cobertura de las inversiones no productivas tendrá una intensidad de ayuda del 100% y los grupos operativos podrán solicitar un anticipo de hasta el 50% de la subvención (previa constitución de aval o garantía).

3. La Generalitat publica ayudas a los Municipios para la ejecución del Fondo Estratégico Municipal de Prevención de Incendios y Gestión Forestal.

La Consellería de Agricultura ha publicado con fecha 17 de la resolución que autoriza la concesión directa de subvenciones en los Ayuntamientos de la Comunidad Valenciana que tengan el Plan Local de Prevención de Incendios aprobado.

Según se informa, una vez publicada esta resolución en el DOGV se hará efectivo el pago del 50 % del importe asignado a cada consistorio beneficiario en concepto de anticipo.

El objetivo del Fondo es la ejecución de obras e inversiones de prevención de incendios previstas en las planificaciones municipales con el fin de favorecer el mantenimiento y la protección de las masas forestales valencianas, así como reforzar las herramientas de los ayuntamientos para llevar adelante las respectivas actuaciones de prevención.

Los ayuntamientos podrán ejecutar las actuaciones planificadas y aprobadas en sus respectivos planes locales como aperturas de nuevas áreas cortafuego, tratamientos de vegetación junto a viales, apertura de zonas de discontinuidad perimetral en zonas de interfaz urbana-forestal, áreas o puntos estratégicos de gestión.

También se incluye el mantenimiento mediante cultivo de campos de cultivo y operaciones de desbroce y cultivo en bancales en desuso agrícola habitual, mejoras de pistas forestales, construcción de depósitos de agua, instalación de hidrantes o la señalización de infraestructuras de prevención, entre otros.

Además, se contemplan actuaciones de silvicultura como talas de mejora con eliminación de restos, podas, pelada del corcho de baja calidad o desbroces. Por otro lado, los ayuntamientos pueden realizar inversiones en maquinaria, equipos o instalaciones técnicas, entre otras actuaciones.

4. La Consellería de Agricultura inicia el procedimiento para la concesión de ayudas a ayuntamientos para facilitar el control de la población de jabalí.

La Consellería de Agricultura ha publicado en el DOGV con fecha 15 de mayo, el anuncio por el que se somete a consulta pública el proyecto de orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a facilitar el control de la población de jabalí en los municipios con sobreabundancia.

Estas ayudas van dirigidas a los ayuntamientos, con el fin de intensificar el control poblacional del jabalí y la gestión de los cadáveres. Los importes previstos van desde los 2.000 euros hasta los 9.000 euros por ayuntamiento.

Además, pueden también beneficiarse de las ayudas los clubs de cazadores, debido a que para ejercer los controles poblacionales pueden ser contratados para dar este servicio.

También se contempla la retirada de los cadáveres de jabalí, incluyendo el pago por el servicio de retirada y la compra de contenedores.

Uno de los criterios de valoración para la concesión de la ayuda es el elevado nivel de daños producidos en la agricultura en los últimos tres años, de forma que se prioriza en la concesión de la ayuda a los ayuntamientos con mayor problemática en sus cultivos.

Además, hay otros criterios como la disposición en el municipio de una zona común de caza y haber espacios naturales protegidos, y se tendrán en consideración los municipios con viviendas o núcleos residenciales diseminados y los presupuestos municipales que favorezcan a municipios rurales de interior.

Si quieres consultar el boletín anterior de Ayudas y normativas, pulsa AQUÍ.

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DPD-Delegado Protección de datos

Cristina Aniorte Salinas