Boletín ayudas y normativas Nº 145

06/04/2023

Resumen del 31 de marzo al 6 de abril del 2023

  1. El Ministerio de Agricultura publica el listado de los agricultores que han resultado beneficiarios de las ayudas para compensar el aumento del precio de los fertilizantes.
  2. El Gobierno convoca ayudas para las Entidades Asociativas Prioritarias.
  3. La Generalitat convoca las ayudas a la cosecha verde para la campaña 2022-2023.
  4. La Consellería amplía el plazo para la inscripción y actualización en el registro vitícola de la Comunidad Valenciana.

1. El Ministerio de Agricultura publica el listado de los agricultores que han resultado beneficiarios de las ayudas para compensar el aumento del precio de los fertilizantes.

Con fecha de 31 de marzo el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado el listado definitivo de los 234.291 titulares de explotaciones agrícolas que van a recibir las ayudas para compensar la subida del precio de los fertilizantes, por un importe total de 280.836.011 euros. Está previsto que los pagos se realicen a lo largo del mes de abril.

Estas ayudas fueron aprobados por el Gobierno mediante el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania y apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

La ayuda se concede a las superficies de cultivos permanentes y tierras de cultivo (exceptuados barbechos y pastos temporales) que hayan sido elegibles para el cobro de las ayudas directas de la Política Agraria Común (PAC) en la campaña 2022.

Se conceden las ayudas cuando el importe a percibir resulte igual o superior a los 200 euros, y hasta un máximo de 300 hectáreas por beneficiario, en las que se prioriza la superficie en regadío.

En la resolución del pasado 15 de febrero, en base al número de hectáreas elegibles para esta ayuda, se estableció un importe unitario de 20,82 euros por hectárea de superficie de secano y de 52,06 euros por hectárea de superficie de regadío.

Finalizado el plazo de presentación de alegaciones a la resolución provisional, se ha establecido el grupo de beneficiarios que no presentaron objeciones o que no han ejercido las facultades de rechazo de la ayuda. Una vez verificado por el Ministerio que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, se les ha concedido la ayuda. También se les ha otorgado a quienes solo alegaron la modificación de la cuenta corriente asociada.

La relación de los titulares de explotaciones agrícolas a los que se les concede las ayudas, junto con el número de hectáreas de secano y de regadío computadas y la cuantía a percibir está disponible en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) en el siguiente enlace: https://www.fega.gob.es/es/ayudas-excepcionales-productores-sectores-agrarios/ayudas-fertilizantes.

2. El Gobierno convoca ayudas para las Entidades Asociativas Prioritarias.

El pasado 5 de abril de 2023, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través del Fondo Español de Garantía Agraria, ha publicado en el BOE la convocatoria de ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios.

Estas ayudas están reguladas por el Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre, y tienen como fin conseguir una mejora en los procesos de transformación y comercialización desarrollados por las Entidades Asociativas Prioritarias (EAP), así como incrementar el valor añadido de sus productos y su posicionamiento en los mercados.

La realización de los proyectos de inversión subvencionados podrá extenderse como máximo hasta el 1 de septiembre de 2024. La ayuda por proyecto no podrá superar el 60 % de los gastos subvencionables en el caso de que el beneficiario sea una EAP, y el 40 % para las entidades mercantiles que estén participadas mayoritariamente por una EAP. El límite máximo de ayuda por proyecto será de 5 millones de euros.

Las solicitudes de ayuda se presentarán en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.

3. La Generalitat convoca las ayudas a la cosecha verde para la campaña 2022-2023.

Con fecha de 6 de abril de 2023, se ha publicado en el DOGV la Resolución de 31 de marzo, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se convocan ayudas a la cosecha en verde.

El objeto de estas ayudas consiste en facilitar la presentación y tramitación de las solicitudes de ayuda a la cosecha en verde, de forma manual o mecánica, para la vendimia de 2020-2023.

Se entenderá por cosecha en verde la destrucción o eliminación total de los racimos de uvas, cuando todavía están inmaduros, de una misma parcela vitícola, de manera que se reduzca a cero el rendimiento de la parcela, sin que puedan existir uvas sin vendimiar en la parcela de viñedo objeto de la ayuda.

Se podrán acoger a la ayuda las personas físicas o jurídicas inscritas en el Registro Vitícola de la Comunidad Valenciana como persona viticultora de una superficie plantada de viñedo.

La cuantía de la ayuda se calculará sumando una compensación por los costes directos de destrucción o eliminación de los racimos de uvas y otra por la pérdida de ingresos vinculada a dicha destrucción o eliminación.

El cálculo del importe de la ayuda se realizará de la siguiente forma:

a) Un 50 % de la compensación por la pérdida de ingresos por cada parcela objeto de ayuda. Para dicho cálculo, se tendrá en cuenta, tanto el precio medio, establecido en 0,25 €/kg, como el rendimiento medio de la explotación de las campañas 2022, 2019 y 2018 por tipo de vino.

b) Una compensación del 50% de los costes de destrucción o eliminación de los racimos de uva, lo cuales quedan fijados quedan fijados en las siguientes cantidades:

  • 634 €/Ha para la realización de la cosecha en verde practicada con métodos manuales.
  • 222,7 €/Ha para la realización de la cosecha en verde practicada con métodos mecánicos.

El plazo de presentación de las solicitudes se deberá realizar entre el 15 y el 30 de abril de 2023, ambos inclusive.

4. La Consellería amplía el plazo para la inscripción y actualización en el registro vitícola de la Comunidad Valenciana.

Con fecha de 6 de abril, se ha publicado la Resolución de 24 de marzo, de la Directora general de Política Agraria Común, de ampliación de plazos de inscripción y actualización en el registro vitícola de la Comunidad Valenciana, por la que se amplían los plazos regulados en el artículo 4 de la Orden 7/2018, de 13 de febrero, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, referidos a las solicitudes de actualización del registro vitícola hasta el 31 de diciembre de 2025.

Si quieres consultar el boletín anterior de Ayudas y normativas, pulsa AQUÍ.

Tu carrito
//
Tu carrito esta vacío
0
//