Boletín ayudas y normativas Nº 132

29/12/2022

Resumen del 22 al 29 de diciembre del 2022.

  1. El Gobierno aprueba ayudas directas destinadas a compensar a agricultores y ganaderos por la subida del precio de carburantes y fertilizantes.
  2. El Gobierno publica las últimas normas necesarias para la aplicación de la nueva Política Agraria Común.
  3. Aprobado el real decreto por el que se regula la ordenación de las granjas bovinas.
  4. La Generalitat publica nueva resolución de concesión de ayudas destinadas a la replantación de parcelas cuyo cultivo haya sido destruido como consecuencia de la plaga de la Xylella fastidiosa.

1. El Gobierno aprueba ayudas directas destinadas a compensar a agricultores y ganaderos por la subida del precio de carburantes y fertilizantes.

Con fecha de 27 de diciembre de 2022, se ha publicado el real decreto-ley de medidas para atajar las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y otras situaciones de vulnerabilidad, por el que se destinan ayudas directas por importe de 660 millones de euros para que agricultores y ganaderos puedan hacer frente al incremento de los precios energéticos, como consecuencia de la guerra de Rusia en Ucrania, que han ocasionado mayores costes de producción debido al encarecimiento de los fertilizantes y del gasóleo agrícola y pesquero.

A) Fertilizantes

En el caso de los fertilizantes, la subvención se concederá por hectárea, hasta un máximo de 300, y será de 22 euros por hectárea en el caso de superficie de secano y de 55 euros para el regadío.

Serán beneficiarios las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrícolas que han sido elegibles para el cobro de las ayudas directas de la PAC en la campaña 2022, que cuenten con cultivos permanentes y superficies de tierras de cultivo en dicha campaña.

Las ayudas se instruirán por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) y se concederán de oficio por resolución de este organismo a quienes cumplan con los requisitos exigidos.

B) Carburantes agrario.

Los agricultores y ganaderos seguirán contando con la ayuda de 0,20 céntimos de euro por litro de gasóleo. La ayuda se concederá a aquellos agricultores que ejerzan el derecho a la devolución de las cuotas del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IEH) satisfechas o soportadas con ocasión de las adquisiciones de gasóleo agrario.

La subvención será de 0,20 céntimos por litro de gasóleo consumido y se tomará como referencia el consumo destinado en exclusiva al uso agrario realizado en 2022, por ser el último ejercicio con datos cerrados.

El importe de la subvención se abonará por la AEAT, por el mismo procedimiento mediante el que se realiza la devolución parcial de las cuotas del Impuesto Especial de Hidrocarburos. Se considerará solicitada la ayuda con la presentación de la solicitud de devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo empleado en la agricultura y la ganadería, conforme a lo establecido en la Orden EHA/993/2010, de 21 de abril a partir del 1 de abril de 2023. La devolución se podrá solicitar a partir del 1 de abril de 2023.

C) Bajada del IVA de determinados alimentos básicos.

En lo que se refiere al IVA de determinados alimentos, de forma temporal, desde el 1 de enero de 2023 y hasta el 30 de junio de 2023, se establecen ciertas reducciones que se detallan a continuación.

Así, pasan del 4 al 0 % de IVA los siguientes alimentos: el pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común; las harinas panificables; los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo; los quesos; los huevos; así como las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales o frescos.

Además, se aplicará el tipo del 5 % del IVA (en estos momentos está en el 10 %) a los aceites de oliva y de semillas, y a las pastas alimenticias.

2. El Gobierno publica las últimas normas necesarias para la aplicación de la nueva Política Agraria Común.

Con fecha 27 de diciembre de 2022, se ha aprobado un paquete legislativo compuesto por ocho reales decretos que regulan la aplicación de la Política Agraria Común (PAC) para el próximo periodo de programación 2023-2027 y que entrará en vigor el próximo 1 de enero.

Con estos ocho nuevos reales decreto se completa el entramado legislativo necesario para implementar el plan estratégico nacional para la aplicación de la nueva PAC en España que la Comisión Europea aprobó el pasado 31 de agosto.

Las normas aprobadas se suman a la ley que regula el sistema de gestión de la PAC y otras materias conexas, aprobado el 15 de diciembre, y a los reales decretos de intervenciones sectoriales que se publicaron el pasado mes de octubre (frutas y hortalizas, vitivinícola y apícola).

Seis de los ocho decretos regulan cuestiones ligadas directamente con la gestión de las ayudas establecidas en el plan estratégico de la PAC. Los otros dos reales decretos (nutrición sostenible de suelos y uso sostenible de fitosanitarios) son de carácter regulatorio de la actividad agraria, de forma que, si bien no afectan a las ayudas de la PAC, sí contribuyen directamente a los objetivos establecidos en el plan estratégico y, por lo tanto, forman parte igualmente de su paquete normativo.

En total, el paquete legislativo de la PAC está formado por la ley y 18 reales decretos, de los que ya se han aprobado 15. Los tres que están pendientes de publicación se refieren a penalizaciones, potencial vitícola y bienestar animal, y no condicionan la entrada en vigor del plan estratégico.

A) Real decreto de gobernanza. El Real Decreto por el que se regula la gobernanza del plan estratégico de la PAC en España y de los fondos europeos agrícolas FEAGA y Feader establece la estructura administrativa y los procedimientos que permitirán la correcta ejecución del plan. La norma identifica a las unidades responsables y establece las funciones de los órganos de gobernanza del plan estratégico nacional (autoridades competentes y de gestión, organismo pagador y de certificación), al tiempo que da cobertura a la estructura descentralizada de gobernanza que operará en el ámbito autonómico.

B) Real decreto de intervenciones del plan estratégico, requisitos comunes y solicitud única. El Real Decreto sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del plan estratégico de la PAC, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, regula las intervenciones en forma de pagos directos: la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad y sus pagos complementarios (pago redistributivo y pago a jóvenes agricultores y agricultoras), las ayudas asociadas y los ecorregímenes. Los ecorregímenes, que son una de las principales novedades de la nueva PAC, remunerarán a las explotaciones que lleven a cabo prácticas agrícolas o ganaderas beneficiosas para el clima y el medio ambiente mediante compromisos anuales voluntarios.

C) Real decreto de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad. El Real Decreto sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la PAC establece la normativa reguladora de la conversión de los derechos de pago básico actuales en los nuevos derechos de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, que estarán vigentes para el periodo de aplicación 2023-2027. Este texto regula igualmente el nuevo modelo de 20 regiones que sirve de base para el cálculo del valor de los derechos, a lo largo de toda la programación, así como las disposiciones relativas a la reserva nacional y las cesiones de derechos

D) Real decreto de condicionalidad reforzada. El Real Decreto por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social, establece el conjunto de obligaciones que deben cumplir los beneficiarios para poder percibir las ayudas de la PAC establecidas por superficie y animales, en el marco de los pagos directos, el Feader y el Programa de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

E) Real decreto de gestión y control de las intervenciones. El Real Decreto por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del plan estratégico y otras ayudas de la PAC desarrolla todos los aspectos del control que hasta ahora se regulaban en la normativa europea y que, con la nueva PAC, que aplica el principio de subsidiariedad en el marco del nuevo modelo de rendimiento, debe diseñar cada el Estado miembro. Todo ello respetando el principio de proporcionalidad y con el doble objetivo de proteger los intereses financieros de la UE y prevenir el fraude, y de reducir la carga administrativa para la administración y para los beneficiarios. Se incluyen para ello medidas de simplificación en la gestión, fundamentalmente mediante la modernización de las herramientas de control.

F) Real decreto del SIEX. El Real Decreto por el que se establece y regula el sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria (SIEX), regula los dos principales componentes de este sistema: el registro autonómico de explotaciones agrícolas (REA) y el cuaderno digital de explotación agrícola (CUE). El decreto fija el contenido mínimo de dichos componentes, así como el papel de las distintas autoridades competentes, los procedimientos para su cumplimentación y para la puesta a disposición de las herramientas informáticas necesarias y la interoperabilidad con las herramientas comerciales.

G) Real decreto de nutrición sostenible de suelos. Con este real decreto se trata de avanzar en la fertilización racional de los cultivos, con el objetivo estratégico de aumentar o mantener la productividad de los suelos agrarios, a la vez que se disminuye el impacto ambiental de la aplicación de productos fertilizantes y otras fuentes de nutrientes o materia orgánica

H) Real decreto de uso sostenible de fitosanitarios. Este real decreto busca avanzar en la estrategia en favor de un uso sostenible de los productos fitosanitarios, con la gestión integrada de plagas como elemento básico para conseguir el objetivo de reducción del impacto de éstos. La norma regula como novedad el libro electrónico de explotación, que permitirá conocer el uso de productos fitosanitarios con detalle y casi en tiempo real. Esta información detallada y cercana será clave para la toma de decisiones y permitirá enfocar los esfuerzos en el uso sostenible de los fertilizantes solo en aquellos cultivos y explotaciones en donde sea necesario.

3. Aprobado el real decreto por el que se regula la ordenación de las granjas bovinas.

El pasado 27 de diciembre se aprobó el real decreto por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas bovinas. Este nuevo real decreto permite establecer las bases para el desarrollo ordenado de la actividad de este sector, integrando los principales retos a los que se enfrenta en materia de bienestar animal, de bioseguridad y medioambiental, y apostando por un modelo de ganadería familiar.

El objetivo de esta norma consiste en la adaptación del sector a los nuevos retos sociales, económicos, productivos y medioambientales de la producción bovina.

Para ello, y atendiendo al principio de proporcionalidad de toda norma, se establece una diferenciación entre los requisitos para las granjas de nueva instalación y las ya existentes. Estas últimas dispondrán de un período transitorio para el cumplimiento de determinados requisitos cuando ello sea necesario, así como de diferencias derivadas de su aptitud productiva.

El decreto clasifica las granjas en diferentes categorías en función de su tamaño, al objeto de modular las exigencias en los distintos ámbitos de actuación de la norma. El objetivo es que el grueso de las granjas ya existentes de carácter familiar no vea comprometida su competitividad en términos de costes adicionales.

Con el objetivo de conseguir un desarrollo armónico y ordenado del sector, basado en la sostenibilidad en todas sus acepciones y el mantenimiento del tejido productivo en el medio rural, evitando la deslocalización, se establece una capacidad máxima para las granjas de nueva instalación establecida en 850 unidades de ganado (el equivalente a unas 725 vacas de leche, por ejemplo).

4. La Generalitat publica nueva resolución de concesión de ayudas destinadas a la replantación de parcelas cuyo cultivo haya sido destruido como consecuencia de la plaga de la Xylella fastidiosa.

Con fecha de 23 de diciembre de 2022, se ha publicado la resolución de 15 de noviembre, del director general de Agricultura, Ganadería y Pesca, de solicitudes aprobadas, denegadas y desistidas, en las ayudas convocadas por la Resolución de 24 de noviembre de 2021, del director general de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se efectúa la convocatoria anticipada para el ejercicio 2022 de las ayudas de minimis destinadas a la replantación de parcelas frutícolas cuyo cultivo sea o haya sido destruido como consecuencia de la adopción de medidas para evitar la propagación de la bacteria de cuarentena Xylella fastidiosa (Wells et al.) en el ámbito de la Comunidad Valenciana.

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Cristina Aniorte Salinas