Boletín ayudas y normativas Nº 130

15/12/2022

Resumen del 2 al 15 de diciembre del 2022.

  1. El Gobierno aprueba el Plan de Seguros Agrarios Combinados para 2023.
  2. Los agricultores y ganaderos tendrán reducciones fiscales excepcionales por la adquisición de gasóleo y fertilizantes.
  3. Aprobada la nueva extensión de norma del sector lácteo.

1. El Gobierno aprueba el Plan de Seguros Agrarios Combinados para 2023.

El Gobierno aprueba el 44º Plan de Seguros Agrarios Combinados, en el que se establecen todas las líneas de seguro cuyo periodo de contratación se iniciará a lo largo del año 2023, con una línea de subvenciones que suma un total de 317,7 millones de euros.

El plan recoge las diferentes líneas de subvenciones aplicadas y los porcentajes establecidos para cada una de ellas. La novedad más importante incorporada es el aumento en 10 puntos porcentuales en la subvención base que perciben la gran mayoría de los asegurados.

Según el colectivo al que pertenezca el asegurado, con el aumento del presupuesto aprobado la subvención mínima, en la modalidad más contratada, alcanza el 50 % en el caso de los agricultores profesionales, de titulares de explotaciones prioritarias, o de socios de organizaciones de productores, y del 60 % en el caso de agricultores jóvenes. En 2023 la subvención media sobre el coste total de la prima será aproximadamente del 40 %.

Por otra parte, el Plan también incluye actuaciones para la revisión y el perfeccionamiento de las líneas de seguros, así como la realización de diversos estudios con vistas a la incorporación de nuevas mejoras en futuros planes de seguros.

2. Los agricultores y ganaderos tendrán reducciones fiscales excepcionales por la adquisición de gasóleo y fertilizantes.

Los agricultores y ganaderos podrán acogerse a deducciones en el rendimiento neto del Impuesto sobre la Renta para las Personas Físicas (IRPF) por la adquisición de gasóleo agrícola y de fertilizantes, como medida excepcional para paliar los efectos del encarecimiento de los costes de producción.

Esta medida se contempla en la orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se desarrollan para el año 2023 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

La principal novedad consiste, como hemos dicho, en la adopción de medidas excepcionales para paliar el efecto producido por el precio de los insumos de explotación en las actividades agrícolas y ganaderas, que incluyen la reducción del 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y del 15% del de los fertilizantes.

Además, se mantienen los índices correctores aplicables al rendimiento neto minorado que se aplicaron excepcionalmente en la declaración de la renta de2021 por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica. Concretamente, se mantiene el índice aplicable a las actividades ganaderas que alimenten el ganado con piensos y otros productos para la alimentación adquiridos a terceros, siempre que representen más del 50 % del importe de los consumidos. El índice único para todos los sectores ganaderos será del 0,50.

También se mantiene en los niveles de 2021 el índice por uso de electricidad para el riego, con una reducción de un 25 % del rendimiento neto extensible a todos los regadíos.

Cabe destacar también que los agricultores y ganaderos, al igual que el resto de contribuyentes que tributen en módulos, se beneficiarán de una reducción del rendimiento neto del 15% en 2022 y del 10% en 2023, frente al 5% en que se fija habitualmente esta reducción.

3. Aprobada la nueva extensión de norma del sector lácteo.

El Consejo General de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias ha informado favorablemente la solicitud de extensión de norma de la Organización Interprofesional Láctea (INLAC).

Con esta extensión de norma con aportación económica, INLAC tiene previsto realizar actividades de comunicación y promoción de la leche y los productos lácteos, fomentar la transparencia en la cadena láctea, contribuir a la vertebración sectorial e impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica en el sector lácteo, durante los próximos cuatro años.

La distribución porcentual de los recursos económicos entre las diferentes líneas básicas de actuación definidas en la extensión de norma será la siguiente:

-Entre el 55 % y el 65 % para la promoción y comunicación de la leche y los productos lácteos.
-Entre el 45 % y el 35 % para la mejora de la imagen de la producción ganadera y la sostenibilidad social y medioambiental de la actividad del sector lácteo.
-El reparto se completa con un 7 % para vertebración sectorial, un 6 % para I+D+i, y otro 7 % para la gestión de la extensión de la norma.

La cuarta extensión de norma fija la aportación económica de productores y transformadores en 0,00035 euros por litro para los próximos cuatro años (la vigencia de ésta irá desde el 2 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2026).

Se establece como modelo de financiación una cuota de producción y una cuota de elaboración. Esta cuota, cuya cuantía económica se ha reducido respecto a la extensión de norma vigente (2019-2022), es igual para productores y elaboradores y para los 3 tipos de leche (vaca, oveja y cabra).

Si quieres consultar el boletín anterior de Ayudas y normativas, pulsa AQUÍ.

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