Autorizado el uso excepcional de Spinosad para combatir trips en cítricos, caqui y granado

01/04/2026

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha aprobado una autorización excepcional para el uso de productos fitosanitarios formulados a base de Spinosad 48% [SC] P/V, con el objetivo de controlar diversas especies de trips que afectan a los cultivos de cítricos, caqui y granado. Esta decisión responde a la creciente problemática fitosanitaria derivada de la prohibición de ciertos productos y la falta de alternativas eficaces para el control de plagas como Chaetanaphothrips orchidii y Scirtothrips aurantii.

Los trips se han convertido en una gran amenaza para la producción agrícola en España, ya que deterioran la calidad de los frutos y reducen la rentabilidad de los cultivos. En particular, Scirtothrips aurantii y Scirtothrips dorsalis están catalogadas como plagas de cuarentena en la Unión Europea, lo que subraya la necesidad de implementar soluciones eficaces para su control. Ante esta situación, varias comunidades autónomas, entre ellas Andalucía, Murcia y Valencia, han solicitado la autorización excepcional para el uso de Spinosad, un insecticida biológico reconocido por su eficacia contra los trips sin generar un impacto ambiental significativo.

CULTIVO: GRANADO. Comunidad Valenciana
Plaga/enfermedad: Scirtothrips spp.
Aplicación: Pulverización foliar. BCHH: 11-71
Número de aplicaciones: 1 aplicación
Dosis máxima: 0,25 L producto/ha
Volumen: 800-1500 l/ha
Plazo de seguridad: 60 días
Efecto de la autorización: del 17 de marzo hasta el 28 de junio de 2026.

CULTIVO: CAQUI. Comunidad Valenciana

Plaga/enfermedad: Scirtothrips spp.
Aplicación: Pulverización foliar. BCHH: 69-74
Número de aplicaciones: 1 aplicación
Dosis máxima: 0,25 L producto/ha
Volumen: 800-1500 l/ha
Plazo de seguridad: 120 días
Efecto de la autorización: desde el 26 de marzo al 20 de julio de 2026

CULTIVO: CÍTRICOS. Comunidad Valenciana

Plaga/enfermedad: Scirtothrips spp y Chaetanaphothrips orchidii

Aplicación: Pulverización foliar. BCHH: 51-89
Número de aplicaciones: 2 aplicación
Intervalo mínimo entre aplicaciones: 7 días
Dosis máxima: 0,25 L producto/ha
Volumen: 2500-3000 l/ha
Plazo de seguridad: 7 días
Efecto de la autorización:

  • Naranjo, mandarino y pomelo: desde el 30 de marzo al 27 de junio de 2026 y desde el 21 de julio al 19 de agosto de 2026
  • Limonero: desde el 30 de marzo al 17 de junio de 2026 y desde el 19 de octubre al 27 de noviembre de 2026.

Puedes consultar aquí las normas de uso: RESOLUCIÓN


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