Resumen del 2 al 9 de junio del 2022.
- El Gobierno aprueba las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a los sectores agrarios afectados por la guerra de Ucrania.
- El Consejo de Ministros aprueba la ley con las normas para la implantación del sistema de gestión de la nueva PAC.
- El Ejecutivo inicia la tramitación parlamentaria de la ley contra el desperdicio alimentario.
- La Consellería hace pública la relación de asentamientos en montes propiedad de la Generalitat en los que se establece la gratuidad de los aprovechamientos apícolas disponibles a partir del 1 de septiembre de 2022.
- La Generalitat convoca ayudas para instalaciones de tratamiento de residuos.
1. El Gobierno aprueba las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a los sectores agrarios afectados por la guerra de Ucrania.
Con fecha de 7 de junio se ha aprobado el real decreto que establece las bases reguladoras para la concesión directa de las ayudas para compensar a determinadas producciones agrícolas y ganaderas por las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico en Ucrania.
En cuanto al destino de las ayudas, los 193,47 millones de euros van dirigidos a los siguientes sectores:
-Vacuno de carne: financiación máxima 110 millones de euros, de los que 97,7 millones corresponden al subsector de la vaca nodriza y 12,3 millones al engorde de terneros.
-Ovino y caprino de carne: financiación máxima de 31,7 millones de euros.
-Avicultura de carne: financiación máxima de 10 millones de euros.
-Cunicultura: financiación máxima de 3 millones euros.
-Cítricos: financiación máxima de 38,7 millones de euros.
El importe unitario por animal, explotación o hectárea subvencionable quedará definido en cada comunidad autónoma de acuerdo al número de animales subvencionables que se declare en su territorio por los beneficiarios. En cualquier caso, se ha establecido un techo de animales y de hectáreas subvencionables por beneficiario y unos importes unitarios máximos por animal o hectárea subvencionable, lo que consecuentemente lleva consigo el establecimiento de unos máximos de ayuda por explotación.
La cuantía unitaria de la ayuda para los productores de vacuno, ovino y caprino de carne, no podrá superar los 60 euros por vaca nodriza, 12 euros por ternero y 5 euros por oveja y cabra.
Para los productores de avicultura de carne, la ayuda máxima por beneficiario según la capacidad de la explotación será la siguiente:
-De 251 a 1.000 plazas: 600 euros.
-De 1.001 a 5.000 plazas: 810 euros.
-De 5001 a 10.000 plazas: 1.200 euros.
-De 10.001 a 20.000 plazas: 1.800 euros.
-De 20.001 a 30.000 plazas: 2.400 euros.
-De 30.001 a 40.000 plazas: 3.000 euros.
-De 40.001 a 50.000 plazas: 3.600 euros.
-A partir de 50.001 plazas: 4.800 euros.
Para los productores de conejos, la ayuda máxima por beneficiario según la capacidad de la explotación será la siguiente:
-De 50 a 500 plazas de reproductoras: 2.580 euros.
-De 501 a 1.000 plazas de reproductoras: 3.870 euros.
-De más de 1.001 plazas reproductoras: 5.160 euros.
Para los productores de cítricos, las cuantías máximas por hectárea serán:
-Para las 5 primeras hectáreas: 300 euros/hectárea.
-A partir de 5 hectáreas y hasta 10 hectáreas: 250euros/hectárea.
-A partir de 10 hectáreas y hasta 30 hectáreas: 190 euros/hectárea.
El real decreto adopta un mecanismo simplificado para la presentación de solicitudes. Así, las ayudas se otorgarán a todos los productores de vacuno de carne, ovino y caprino de carne y cítricos que cumplan los requisitos previstos en la norma y hayan presentado en 2022 la solicitud única de la Política Agraria Común (PAC).
En el caso del sector avícola de carne y del sector cunícola, se establece un procedimiento simplificado de gestión basado en los datos más actualizados declarados por los ganaderos en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).
De igual forma se establece un procedimiento para los productores de cítricos que no hubieran presentado la solicitud única, en base a los datos más actualizados declarados por los agricultores en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA).
La tramitación, resolución, justificación, pago y control de las ayudas corresponde a las autoridades competentes de las comunidades autónomas.
El plazo máximo para resolver y notificar la concesión de las ayudas será de tres meses desde la entrada en vigor del real decreto, mientras que el pago a los beneficiarios deberá realizarse antes del 30 de septiembre de 2022.
2. El Consejo de Ministros aprueba la ley con las normas para la implantación del sistema de gestión de la nueva PAC.
El Consejo de Ministros ha aprobado con fecha 7 de junio el proyecto de ley que establece las normas para la aplicación de la nueva Política Agraria Común (PAC) en España, como los sistemas de gestión y control, entre otros aspectos, con el objetivo de posibilitar una aplicación homogénea de ésta en todo el territorio nacional.
La PAC va a acometer una importante reforma en el año 2023 al objeto de estar más centrada en los resultados y orientada al mercado, otorgando una mayor subsidiariedad a los Estados miembros, que han tenido que diseñar, sobre la base de su situación y necesidades específicas, sus propias intervenciones que permitan alcanzar las metas que se definan en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
Otro aspecto reseñable es la necesidad de garantizar la protección de los intereses financieros de la Unión Europea, por lo que es necesario establecer un marco nacional de actuación para aquellos casos en los que pudiera producirse cualquier pago indebido a los beneficiarios al objeto de alcanzar una aplicación homogénea en el territorio nacional, y facilitar a la vez la actuación de las administraciones competentes en la lucha contra el fraude.
El texto aprobado ha sido debatido con las comunidades autónomas y las organizaciones agrarias y cuenta con el informe del Consejo de Estado. En todo este proceso se han recibido numerosas alegaciones que se han estudiado y algunas de las cuales se han tenido en cuenta, fundamentalmente en relación con la necesidad de evitar una doble penalización por una infracción o de establecer sistemas de apoyo a los agricultores que les permita remitir a la administración la información necesaria para la concesión de las ayudas y para la gestión de sus explotaciones.
Tras esta primera fase de alegaciones, el proyecto de ley inicia ahora su tramitación parlamentaria con el objetivo de que se pueda publicar en el comienzo del año 2023, de tal manera que los agricultores y ganaderos puedan conocer el contenido de la misma antes de presentar su solicitud única de ayudas de la campaña 2023.
3. El Ejecutivo inicia la tramitación parlamentaria de la ley contra el desperdicio alimentario.
El Consejo de Ministros inicia la tramitación parlamentaria del proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, con el objetivo de reducir el desecho a la basura de alimentos sin consumir y favorecer un mejor aprovechamiento de éstos.
La Ley trata de fomentar buenas prácticas desde los productores primarios, en la fase de cosecha y recolección de los alimentos, hasta los consumidores, bien en el hogar o en bares y restaurantes, ya que el desperdicio de alimentos se produce a lo largo de todas las fases de la cadena.
4. La Consellería hace pública la relación de asentamientos en montes propiedad de la Generalitat en los que se establece la gratuidad de los aprovechamientos apícolas disponibles a partir del 1 de septiembre de 2022.
Con fecha de 27 de mayo de 2022, se ha publicado la resolución de 16 de mayo, del director general de Medio Natural y de Evaluación Ambiental, por la que se hace pública la relación de asentamientos en montes propiedad de la Generalitat en los que se establece la gratuidad de los aprovechamientos apícolas disponibles a partir del 1 de septiembre de 2022.
Los interesados en la concesión de los nuevos asentamientos apícolas podrán presentar sus instancias dirigidas a la dirección territorial correspondiente en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución.
5. La Generalitat convoca ayudas para instalaciones de tratamiento de residuos.
La Consellería de Transición Ecológica ha publicado las bases reguladoras y la convocatoria, por de las ayudas para la construcción, adaptación y mejora de instalaciones específicas para el tratamiento de los biorresiduos recogidos separadamente.
En concreto, la línea de ayudas financia la ejecución de proyectos relativos a instalaciones específicas para el tratamiento de residuos en dos líneas.
La primera, dotada con unos 13 millones de euros, está destinada a la construcción, adaptación o mejora de instalaciones específicas para el tratamiento de los biorresiduos recogidos separadamente. Incluye proyectos de construcción de instalaciones de compostaje, de digestión anaerobia o una combinación de ambos tratamientos. Además, comprende proyectos de adaptación y mejora de instalaciones de tratamiento existentes.
La segunda línea, dotada con alrededor de 5 millones de euros, subvenciona proyectos para la mejora de las instalaciones de tratamiento mecánico-biológico existentes, con el fin de incrementar su eficacia en la recuperación de materiales susceptibles de ser reciclados.
Estas ayudas están destinadas a los municipios u otras entidades locales, como mancomunidades, diputaciones, entidades metropolitanas y los consorcios, con competencia en prestación de servicios de tratamiento de residuos en la Comunidad Valenciana y que presenten proyectos sobre los servicios de su competencia.
Los proyectos financiables podrán haberse iniciado desde el 1 de marzo de 2020 y el plazo para su ejecución se establecerá en la resolución de concesión, siendo el plazo máximo de finalización el 30 de junio de 2025.
El importe individual de cada subvención podrá cubrir hasta el 90 % de los gastos subvencionables asumidos por la entidad beneficiaria, con un máximo de cuatro millones de euros.
Si quieres consultar el boletín anterior de Ayudas y normativas, pulsa AQUÍ.