Boletín ayudas y normativas Nº 306

30/10/2026

Resumen del 23 al 30 de octubre de 2026

  1. Conselleria de Agricultura convoca las ayudas para las explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas por la dana Adam por valor de 6 millones de euros
  2. La nueva extensión de norma del sector cunícola obliga a una aportación de 0,006 € por kilo de conejo a partir de enero
  3. La Generalitat incorpora la reutilización de aguas regeneradas a la ley de saneamiento de la Comunitat Valenciana

1. Conselleria de Agricultura convoca las ayudas para las explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas por la dana Adam por valor de 6 millones de euros

La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la convocatoria de ayudas urgentes, dotada con seis millones de euros, para compensar los daños sufridos por las explotaciones agrícolas y ganaderas de los municipios afectados por las inundaciones provocadas por la dana Adam los días 18 y 19 de octubre.

El Decreto 174/2026 establece las cuantías, los requisitos y el procedimiento para solicitar estas ayudas, cuyo plazo de presentación comenzará el próximo 2 de noviembre y finalizará el 1 de febrero de 2027.

El conseller de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, Miguel Barrachina, ha señalado que “estas ayudas están dirigidas a los agricultores y ganaderos que han sufrido daños en sus cosechas, instalaciones de riego, explotaciones o animales. Queremos facilitar que puedan reparar los daños y recuperar cuanto antes su actividad”.

Ayudas para cultivos, instalaciones y animales

El decreto contempla ayudas de hasta 6.000 euros por hectárea de regadío afectada y 4.000 euros por hectárea de secano, así como hasta 15.000 euros por explotación ganadera o vivero que haya sufrido daños.

En el caso de las explotaciones ganaderas, se establecen compensaciones adicionales por la pérdida acreditada de animales, con importes máximos de 1.000 euros por cabeza de ganado bovino o equino, 180 euros por porcino, 150 euros por ovino o caprino y por colmena perdida, y seis euros por ave.

También se incluyen daños en sistemas de riego, balsas, conducciones, instalaciones ganaderas y otros elementos productivos, además de una ayuda específica de hasta 1.500 euros por explotación para equipamiento agrario, incluidas las casetas de aperos.

Barrachina ha explicado que “los daños de una inundación van mucho más allá de una cosecha perdida. Hay agricultores que tienen que reparar sus sistemas de riego y ganaderos que necesitan reponer instalaciones o recuperar animales. Las ayudas contemplan estas situaciones para atender las necesidades de cada explotación”.

Las cantidades establecidas tienen carácter máximo y se determinarán a partir de los daños efectivamente acreditados. En ningún caso podrán superar, junto con las indemnizaciones y otras ayudas recibidas por los mismos conceptos, el valor de las pérdidas subvencionables.

Solicitudes a partir del 2 de noviembre

Podrán acceder a las ayudas los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas situadas en los municipios incluidos en el decreto, siempre que acrediten daños directamente relacionados con la dana Adam y cumplan los requisitos establecidos. Las solicitudes deberán presentarse por vía electrónica, a través del formulario específico que habilitará la Conselleria de Agricultura en la sede electrónica de la Generalitat.

El procedimiento permitirá dictar resoluciones de concesión de manera sucesiva, conforme se comprueben los daños y se verifique el cumplimiento de los requisitos, sin necesidad de esperar a que finalice la tramitación de todas las solicitudes.

Estas ayudas forman parte del decreto aprobado por el Consell para atender los daños de la dana Adam en diferentes actividades económicas, con una dotación global de diez millones de euros, de los que seis millones se destinan específicamente a explotaciones agrícolas y ganaderas.

2. La nueva extensión de norma del sector cunícola obliga a una aportación de 0,006 € por kilo de conejo a partir de enero

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves la Orden APA/1135/2026, de 19 de octubre, por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional para Impulsar el Sector Cunícola, Intercun, al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para la realización de acciones de fomento del consumo y mejora de la imagen de la carne de conejo y apoyo a la mejora de la producción, la competitividad, la vertebración, la transparencia y la internacionalización del sector, durante tres años.

La nueva extensión de norma propuesta por la Interprofesional del Sector Cunícola (Intercun) recoge una aportación obligatoria de 0,006 euros por cada kilo de conejo tanto para la rama productora como la transformadora y comercializadora.

Los recursos económicos aportados quedan distribuidos entre las diferentes líneas de actuación definidas en la extensión de norma, de forma que se destinará una cuantía de entre el 35 % y el 55 % del total a la promoción, la comunicación y la mejora de la imagen sectorial.

Igualmente, otra cuantía entre el 35 y 55 % será destinada a medidas de apoyo a la mejora de la producción y de la competitividad, y a la vertebración, transparencia, estabilidad e internacionalización sectoriales.

Las actuaciones relacionadas con la propia gestión de la extensión de normas recibirán un máximo del 10 % de los recursos generados.

Esta norma entrará en vigor el próximo 2 de enero, según recoge la orden.

3. La Generalitat incorpora la reutilización de aguas regeneradas a la ley de saneamiento de la Comunitat Valenciana

El Consell ha aprobado el decreto ley que modifica la Ley 2/1992, de saneamiento de aguas residuales de la Comunitat Valenciana, para incorporar la reutilización de aguas regeneradas al marco de gestión del ciclo urbano del agua y regular las infraestructuras y la financiación necesarias.

La ley, aprobada hace más de 30 años, ha permitido desarrollar un sistema de saneamiento y depuración y mejorar la calidad de las aguas. Sin embargo, la escasez hídrica, la mayor irregularidad de las precipitaciones y los cambios normativos estatales y europeos hacen necesario adaptar la regulación a las nuevas necesidades.

Ante este escenario, la reutilización del agua depurada permite disponer de recursos adicionales para determinados usos agrícolas, ambientales y urbanos, de acuerdo con la planificación hidrológica y garantizando la protección de la salud y del medio ambiente.

Modificación de la ley

La reforma amplía el ámbito de la ley para incluir la producción y el suministro de agua regenerada, además del abastecimiento y el tratamiento de aguas residuales, con el objetivo de mejorar la coordinación entre administraciones y la eficiencia en la gestión del ciclo del agua, respetando las competencias municipales y estatales.

De esta manera, la norma incorpora estas actuaciones a la planificación de las infraestructuras hidráulicas de la Generalitat y amplía las funciones de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana (EPSAR), que podrá gestionar y explotar instalaciones de abastecimiento, depuración y producción y suministro de agua regenerada, tanto autonómicas como locales o estatales, mediante los correspondientes instrumentos de colaboración.

Asimismo, se adapta el régimen económico de la ley para poder financiar actuaciones relacionadas con la regeneración, distribución y reutilización de aguas depuradas. Además, se permite que el canon de saneamiento pueda financiar las infraestructuras necesarias para esta reutilización, siempre de forma coordinada con la planificación hidrológica.

Por último, se establece que los sistemas de reutilización que ya estén en funcionamiento podrán continuar su actividad conforme a las autorizaciones vigentes, sin perjuicio de su adaptación a las nuevas previsiones normativas en los plazos que se establezcan. Los convenios de colaboración vigentes mantendrán su eficacia hasta el final del plazo previsto, sin perjuicio de su adaptación.

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DPD-Delegado Protección de datos

Cristina Aniorte Salinas