Boletín ayudas y normativas Nº 287

22/05/2026

Resumen del 15 al 22 de mayo de 2026

  1. Conselleria de Agricultura aprueba la orden de bases de las ayudas para modernizar explotaciones agrarias y ganaderas
  2. Se publica la orden de módulos con importantes reducciones en el IRPF 2025 para 800.000 agricultores y ganaderos
  3. Conselleria de Medio Ambiente impulsa una nueva normativa para mejorar la gestión y control del conejo de monte en la Comunitat Valenciana
  4. Conselleria de Agricultura destina cerca de 500.000 euros a proyectos de innovación tecnológica en fincas o explotaciones colaboradoras

1. Conselleria de Agricultura aprueba la orden de bases de las ayudas para modernizar explotaciones agrarias y ganaderas

La Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas destinadas a la inversión en explotaciones agrarias de la Comunitat Valenciana, en el marco del Plan estratégico de la política agrícola común de España 2023-2027 (PEPAC) Intervención 6841.2 «Ayudas inversiones en modernización o mejora de explotaciones agrarias», conforme al artículo 73 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021.

Las ayudas tienen por finalidad incentivar la modernización o mejora de las explotaciones agrarias, en general, facilitando la reestructuración en términos de dimensión, tamaño u orientación productiva.

Los objetivos que se persiguen con esta ayuda son:

a) Incrementar la competitividad y la sostenibilidad a corto y a largo plazo de las explotaciones agrícolas, haciéndolas más viables, orientadas al mercado y también mediante una mayor atención a la investigación, la tecnología y la digitalización.

b) Potenciar y dar continuidad a la actividad agraria, en particular de mujeres y jóvenes favoreciendo el mantenimiento del tejido productivo en el medio rural.

c) Reconstitución del potencial de producción dañado por los desastres naturales y catástrofes e implantación de medidas preventivas adecuadas.

Tendrán la consideración de gastos subvencionables:
a) Las inversiones que se realicen con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, siempre que respecto de las mismas recaiga la correspondiente resolución de concesión favorable.

En el caso de inversiones vinculadas al terreno, será requisito imprescindible la acreditación del no inicio de las actuaciones con carácter previo a la resolución de concesión, mediante certificado emitido por el técnico instructor en el que se haga constar expresamente dicha circunstancia. La ejecución de las inversiones podrá iniciarse a partir de la fecha de emisión del citado certificado, sin que ello suponga, en ningún caso, el reconocimiento de derecho alguno a la obtención de la ayuda.

b) Los gastos correspondientes a honorarios profesionales derivados de la redacción de proyectos, la elaboración de estudios de viabilidad y la prestación de servicios de asesoramiento, siempre que hayan sido efectivamente realizados y abonados con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda, dentro del plazo máximo de los doce meses anteriores a la fecha de publicación de la resolución de convocatoria en el DOGV.

c) Los pagos anticipados a los proveedores realizados por un importe máximo del treinta por ciento del coste de las inversiones en maquinaria incluidas en el anexo I, «Relación de inversiones subvencionables a través de costes unitarios», de la presente orden, siempre que dichos pagos se hayan efectuado, dentro del plazo máximo de los nueve meses anteriores a la fecha de publicación de la resolución de convocatoria en el DOGV.

No serán subvencionables a efectos de la concesión de ayudas las operaciones que se hayan completado físicamente o se hayan ejecutado por completo antes de que se presente a la autoridad de gestión la solicitud de ayuda, independientemente de si se han realizado o no todos los pagos correspondientes

Para más información puedes consultar el DOGV haciendo clic en el este enlace.

En breve se publicará la convocatoria y los interesados podrán presentar su solicitud.

2. Se publica la orden de módulos con importantes reducciones en el IRPF 2025 para 800.000 agricultores y ganaderos

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de 19 de mayo ha publicado la orden del Ministerio de Hacienda por la que se reducen los índices de rendimiento neto en el sistema de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de 2025, el denominado sistema de módulos, para agricultores y ganaderos.

Esta orden recoge la propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de minoración de dichos índices, que ha tenido en cuenta los efectos de circunstancias excepcionales adversas que afectaron a la rentabilidad de muchas explotaciones agrícolas y ganaderas durante 2025.

Determinados sectores se benefician de reducciones específicas, del 50 % en el caso la apicultura, y del 30 % en ovino y caprino, tanto para producción de carne como de leche.

Como en otras ocasiones, se han efectuado también un elevado número de reducciones a nivel autonómico, provincial o municipal en otras producciones, entre las que destacan las aprobadas para los cereales, olivar y viñedo en importantes zonas productoras.

Estas deducciones se suman a la reducción general del 5 % en el rendimiento neto para los aproximadamente 800.000 agricultores y ganaderos que tributan por el sistema de módulos establecida en la orden HAC/1347/2024, de 28 de noviembre.

Se estima que el conjunto de las reducciones contempladas en la orden supone una rebaja de la base imponible del IRPF del orden de 825 millones de euros.

Las reducciones aplicadas reflejan las situaciones de adversidad climática del año 2025, entre las que han destacado altas temperaturas, heladas, pedriscos, vientos, precipitaciones extremas y la sucesión de incendios forestales del verano.

Adicionalmente, los agricultores y ganaderos pueden beneficiarse de otras deducciones como el índice aplicable a las actividades ganaderas que alimenten el ganado con piensos y otros productos adquiridos a terceros, que representen más del 50 % del importe de los consumidos. El índice único para todos los sectores ganaderos es del 0,5.

También se aplica un coeficiente corrector por uso de electricidad para el riego, con una reducción de un 25% del rendimiento neto extensible a todos los regadíos y no sólo a los de consumo eléctrico estacional.

Igualmente se mantiene la exención del impuesto del IRPF para el cobro de los ecorregímenes de la Política Agraria Común (PAC).

Las reducciones de los índices de rendimiento neto establecidas con carácter nacional para la declaración de la renta 2025 son las siguientes:

  • Ovino y caprino de carne de 0,13 a 0,09
  • Ovino y caprino de leche de 0,26 a 0,18
  • Apicultura de 0,26 a 0,13

3. Conselleria de Medio Ambiente impulsa una nueva normativa para mejorar la gestión y control del conejo de monte en la Comunitat Valenciana

La Generalitat ha iniciado la tramitación de una nueva orden destinada a actualizar el marco regulatorio del aprovechamiento, caza y control del conejo de monte en la Comunitat Valenciana con el objetivo de mejorar la gestión en un contexto de sobreabundancia en determinadas zonas.

La futura norma tiene como objetivo adaptar la gestión de la especie a la realidad actual del territorio, ofrecer herramientas más eficaces frente a los daños agrícolas y reforzar la coordinación entre agricultores, cazadores y administraciones.

Novedades de la norma

Entre las principales novedades previstas destaca la definición específica de las modalidades deportivas de caza y de las técnicas de control por razones de gestión, así como la regulación de sus correspondientes periodos hábiles.
Asimismo, se incorporarán métodos adicionales de control como el uso de jaulas trampa o la posibilidad de utilizar armas y calibres hasta ahora no permitidos, con el fin de adaptar las actuaciones a diferentes contextos territoriales.

Además, también contempla la posibilidad de realizar una gestión diferenciada dentro de un mismo acotado, distinguiendo entre las zonas agrícolas con mayor presencia de la especie y daños recurrentes y aquellas áreas forestales donde las poblaciones son menores y pueden desempeñar una función ecológica positiva. Y otra de las medidas previstas será la posibilidad de trasladar ejemplares a otras zonas.

La regulación actual sobre el control del conejo de monte se basa en una orden aprobada en 2009, que inicialmente afectaba a 70 municipios y que ha sido actualizada en cinco ocasiones hasta alcanzar 177 municipios en 2024. La experiencia acumulada durante estos años ha permitido detectar limitaciones en las herramientas de gestión y en el protocolo de comunicación de daños aprobado en 2017 para coordinar la actuación entre agricultores, titulares cinegéticos y administraciones.

La nueva normativa ya ha superado la fase de consulta pública previa y fue presentada el pasado 4 de mayo ante el Consejo Valenciano de la Caza de la Comunitat Valenciana, incorporando las aportaciones realizadas por este órgano. Durante las próximas semanas continuará su tramitación mediante el correspondiente proceso de información pública.

4. Conselleria de Agricultura destina cerca de 500.000 euros a proyectos de innovación tecnológica en fincas o explotaciones colaboradoras

El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado la resolución de la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca por la que convoca un total de 496.297 euros para las ayudas destinadas al fomento de la innovación tecnológica a través de fincas o explotaciones colaboradoras.

El objeto de estas ayudas es generar y financiar una red de transferencia de tecnología mediante el apoyo a fincas o explotaciones colaboradoras, además de recuperar la investigación participativa, renovar la experimentación y transferencia agraria, y generar redes de colaboración en el territorio.

De este modo, se fomenta la innovación a través de fincas de agricultores colaboradores, ensayos, experiencias demostrativas y parcelas de seguimiento.

Así se contribuye a evaluar las condiciones de las explotaciones, el comportamiento agronómico y los resultados que se pueden obtener con nuevas introducciones de material vegetal o de técnicas de cultivo que la investigación propia, o bien de otros ámbitos, va poniendo a disposición del sector para avanzar en el proceso de innovación y mejorar la renta de los agricultores.

En concreto, estas subvenciones están dirigidas a proyectos innovadores y de experimentación sobre adaptación del material vegetal a las condiciones ambientales de la Comunitat Valenciana; así como sobre modelo de producción y transformación agroecológica y/o sostenible; reducción de la contaminación y/o ahorro energético; potenciación y valorización de los recursos genéticos autóctonos vegetales y animales; proyectos realizados en zonas vulnerables, de montaña, parques naturales y Red Natura 2000, y reutilización y valorización de los residuos agrarios y/o agroalimentarios.

Esta línea de ayudas se orienta a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, titulares, cesionarias o arrendatarias de fincas o explotaciones agrícolas y/o ganaderas, con sede en la Comunitat Valenciana.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y deberá realizarse exclusivamente por vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat.

Para más información sobre la resolución, se puede consultar el DOGV.

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DPD-Delegado Protección de datos

Cristina Aniorte Salinas