Resumen del 15 al 21 de noviembre de 2025
- La Consellería de Agricultura convoca de forma anticipada, para el ejercicio 2026, las ayudas a la mejora de la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones ganaderas de la Comunidad Valenciana.
- El Ministerio de Agricultura consolidará en 2026 el presupuesto de 315 millones de euros para el Plan de Seguros Agrarios.
- El Gobierno aprueba mejoras en la gestión de ayudas al intercambio de conocimiento y al asesoramiento para la transición digital del sector agroalimentario.
- El Ministerio de Agricultura lanza una convocatoria de ayudas para impulsar la investigación en el sector apícola.
- El Ministerio de Agricultura publica un nuevo listado de 2.374 agricultores afectados por la DANA que percibirán las ayudas.
- La Consellería convoca las ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria para 2026.
- La Consellería de Agricultura actualiza la normativa para gestiones el potencial vitícola y mejorar la gestión de las explotaciones.
1. La Consellería de Agricultura convoca de forma anticipada, para el ejercicio 2026, las ayudas a la mejora de la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones ganaderas de la Comunidad Valenciana.
Con fecha de 21 de noviembre, se ha publicado la Resolución de 14 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan de forma anticipada, para el ejercicio 2026, las ayudas a la mejora de la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones ganaderas de la Comunidad Valenciana, reguladas mediante la Orden 10/2023, de 4 de mayo, de la Consellería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica.
El objeto de estas ayudas es favorecer las inversiones en materia de instalaciones, maquinaria y equipos realizadas por los titulares de las explotaciones ganaderas con la finalidad de mejorar el rendimiento general y sostenibilidad de las explotaciones ganaderas, en particular mediante una reducción de los costes de producción o la mejora de la producción, compatibles con el respeto al medio ambiente y al bienestar animal.
Las ayudas solo podrán concederse a las inversiones realizadas con posterioridad a la presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes para la convocatoria del ejercicio 2026 comienza el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOGV y finaliza el 30 de enero de 2026. Por su parte, el plazo de justificación de las inversiones finaliza el día 20 de octubre de 2026.
2. El Ministerio de Agricultura consolidará en 2026 el presupuesto de 315 millones de euros para el Plan de Seguros Agrarios.
El Ministerio de Agricultura mantendrá en 2026 el presupuesto de 315 millones de euros para el Plan de Seguros Agrarios, con lo que se consolida el incremento del 10,7 % aplicado en el presente ejercicio.
El 47º Plan de Seguros Agrarios Combinados mantiene el sistema de subvenciones diferenciado para agricultores profesionales, agricultores jóvenes y titulares de explotaciones prioritarias, lo que facilita que estos asegurados alcancen los porcentajes máximos de ayuda establecidos por la normativa comunitaria.
Los módulos 1, 2 y 3 continúan reforzados para los colectivos prioritarios (jóvenes, profesionales y explotaciones prioritarias), con subvenciones mínimas del 50 % y 45 % respectivamente por parte del ministerio, que pueden elevarse hasta el 70 % con las subvenciones de las comunidades autónomas.
El plan contempla todas las líneas de seguro cuyo periodo de contratación se inicie a lo largo del año 2026, junto con las diferentes subvenciones aplicadas y los porcentajes establecidos para cada una de ellas. El Sistema de Seguros Agrarios actual cubre la mayoría de los riesgos y la práctica totalidad de las producciones de interés agronómico del país con 45 líneas de seguro diferentes.
Como prueba de su revisión y adecuación continua a las necesidades actuales de los agricultores y ganaderos, el plan incluye, por primera vez, la cobertura por enfermedades animales como la viruela ovina y caprina como nuevas coberturas de los seguros pecuarios.
Incorpora, además, nuevas actuaciones para el perfeccionamiento técnico de las líneas de seguro, junto con estudios orientados a futuras mejoras, entre ellos los relacionados con enfermedades animales de reciente aparición en España, como la dermatosis nodular contagiosa, y la peste porcina africana. Todo ello con el fin de posibilitar su inclusión futura en el seguro para explotaciones de ganado vacuno y porcino, respectivamente.
3. El Gobierno aprueba mejoras en la gestión de ayudas al intercambio de conocimiento y al asesoramiento para la transición digital del sector agroalimentario.
El Ministerio de Agricultura ha aprobado la modificación de las bases reguladoras de las subvenciones de las intervenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información y servicios de asesoramiento, destinadas al sector agroalimentario y forestal, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) 2023-2027.
Las modificaciones tienen por objeto mejorar el impacto y el alcance de estas ayudas, de ámbito supraautonómico, destinadas a dinamizar el Sistema de Conocimiento e Innovación en Agricultura (AKIS).
Se busca, en particular, facilitar la ejecución por parte de agrupaciones y organizaciones nacionales en colaboración con entidades vinculadas, y clarificar otros criterios técnicos (definiciones de personal, inversión, límites de subcontratación y matizar la moderación de costes).
Estas modificaciones persiguen una mayor eficacia y equidad territorial en el acceso a las ayudas. Con estas ayudas se persigue una extensión digital en el territorio y escalar la innovación de las múltiples iniciativas innovadoras existentes en España.
Estos cambios afectan específicamente a dos intervenciones supraautonómicas del Plan Estratégico de la PAC, la 7201, relativa al intercambio de conocimientos y actividades de formación e información; y la 7202, sobre servicios de asesoramiento a las explotaciones agrarias.
Entre los cambios introducidos, se flexibilizan los requisitos exigidos a las entidades beneficiarias -la antigüedad mínima requerida de recude de tres a dos años-, se simplifican las obligaciones sobre personal para el total de la agrupación y se incorpora la figura profesional de personal de apoyo.
En este real decreto se ha incluido también la flexibilización de plazos para la introducción del cuaderno digital. De esta forma, las explotaciones agrarias dispondrán hasta el 1 de enero de 2027 del tiempo suficiente para utilizar el cuaderno digital en el que registrar el uso de productos fitosanitarios.
Esta flexibilización se realiza en línea con la modificación introducida por la Comisión Europea en el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564 de la Comisión de 10 de marzo de 2023, que permite a los Estados miembros mantener los registros de los productos fitosanitarios en formato papel durante todo el año 2026 y poder elegir si posponer o no, hasta el 1 de enero de 2027, la obligación de registrar el uso de productos fitosanitarios en formato electrónico.
De esta forma, el Gobierno da un mayor margen a los agricultores que lo necesiten para prepararse para la transferencia de los registros a soportes electrónicos. Esta flexibilización beneficia en particular a las pequeñas explotaciones y a los agricultores con una mayor dificultad de acceso a los recursos digitales.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación recuerda, no obstante que la transformación digital es ya una realidad, y que la Administración ha puesto un cuaderno digital de explotación agraria a disposición de todos los agricultores. Así, de forma gratuita y voluntaria pueden no solo cumplir con las obligaciones legislativas de registro, sino disponer de un instrumento eficaz de gestión y aprovechar todo el potencial que la digitalización de la información les ofrece en el beneficio de su explotación y de todo el sector.
4. El Ministerio de Agricultura lanza una convocatoria de ayudas para impulsar la investigación en el sector apícola.
El Ministerio de Agricultura ha lanzado una nueva convocatoria de ayudas para proyectos de investigación aplicada en el sector apícola, dotada con un presupuesto total de 1,29 millones de euros. Tras su publicación hoy en el BOE, se abre un plazo de 20 días hábiles para la presentación de solicitudes. Las subvenciones podrán financiar proyectos de uno, dos o tres años de duración.
La convocatoria establece que los proyectos podrán recibir hasta 300.000 euros en el caso de iniciativas de tres años; hasta 200.000 euros para proyectos de dos años; y hasta 100.000 euros para los de un año. El presupuesto total se distribuye en 255.632 euros para la primera anualidad y 519.464 euros para cada una de las dos siguientes.
El objetivo de estas ayudas es mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos apícolas en España mediante el impulso a la investigación aplicada. La convocatoria forma parte de la Intervención Sectorial Apícola del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, dentro de la línea destinada a la colaboración con organismos especializados para la puesta en marcha de programas de investigación, y se gestiona de forma centralizada.
La investigación aplicada y la innovación se presentan como una de las estrategias más eficaces para mejorar la competitividad y rentabilidad del sector apícola, con un impacto directo sobre la economía de las empresas que la aplican al contribuir a reducir el coste de producción e incrementar el valor añadido de manera directa.
Podrán optar a estas ayudas los binomios formados por una entidad productora (como cooperativas agrarias, sociedades agrarias de transformación, agrupaciones de defensa sanitaria y otras agrupaciones afines) junto con un agente realizador (organismos y equipos de investigación, centros públicos o privados de I+D o centros tecnológicos) que realicen programas de investigación en el sector de la apicultura y los productos apícolas.
5. El Ministerio de Agricultura publica un nuevo listado de 2.374 agricultores afectados por la DANA que percibirán las ayudas.
El Ministerio de Agricultura ha publicado un nuevo listado de 2.374 agricultores afectados por la DANA que percibirán 42,1 millones de euros para compensar por la reparación de daños en infraestructuras agrarias. En total, por este concepto, se han desembolsado más de 81,1 millones de euros a un total de 6.609 agricultores. Próximamente saldrá un tercer listado.
Esta línea de ayudas forma parte de las actuaciones impulsadas por el Gobierno de España tras la DANA para acelerar la recuperación de las zonas agrícolas afectadas y asegurar la continuidad de la actividad en las explotaciones dañadas.
6. La Consellería de Agricultura convoca las ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria para 2026.
Con fecha de 19 de noviembre se ha publicado Resolución de 6 de noviembre, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan de forma anticipada las ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas para el ejercicio 2026.
Mediante esta resolución se convoca, para el ejercicio 2026, de forma anticipada, las ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas de la Comunidad Valenciana, cuyas bases reguladoras están contenidas en la Orden 15/2023, de 24 de mayo, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de las ayudas destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes:
-Honorarios veterinarios. Solamente se admitirán los gastos facturados a nombre de la ADSG por el veterinario encargado de la dirección técnica de la ADSG o por personas jurídicas en las que él participe como socio o desarrolle su actividad mediante contrato laboral, a los efectos del cumplimiento del Plan Anual Zoosanitario en vigor para la anualidad objeto de convocatoria.
-La adquisición de vacunas, antiparasitarios, biocidas y material necesario para la toma de muestras, utilizadas en el marco de ejecución del PAZ, cuando se justifique su compra y aplicación a los efectos del cumplimiento del PAZ en vigor para la anualidad objeto de convocatoria.
-Análisis laboratoriales correspondientes al programa sanitario de la ADSG solicitante, que no puedan realizarse en laboratorios oficiales. El citado programa deberá recoger las obligaciones del vigente PAZ.
-Servicios de limpieza y desinfección de explotaciones tras la declaración oficial de un foco de enfermedad, siempre que hayan sido realizadas por empresa autorizada y registrada para ese fin.
Serán beneficiarias las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas de la Comunidad Valenciana oficialmente reconocidas por el órgano competente en materia de ganadería con anterioridad al 1 de enero del año correspondiente a la convocatoria de ayuda.
El plazo de presentación de las solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el DOGV.
7. La Consellería de Agricultura actualiza la normativa para gestiones el potencial vitícola y mejorar la gestión de las explotaciones.
La Consellería de Agricultura actualiza la normativa para gestionar el potencial vitícola y reforzar el control del sector, con el objeto de adecuarla a las nuevas directrices europeas y ordenar la actividad vitícola, garantizar la trazabilidad de las explotaciones y asegurar que se cumplen las normas de gestión en la Comunidad Valenciana.
La orden establece procedimientos claros para gestionar las autorizaciones y garantizar que las explotaciones se desarrollen de forma ordenada y respetando las normas. Cabe destacar que las disposiciones contenidas en esta orden se aplican únicamente al viñedo destinado a la producción de uva de vinificación.
Entre quienes podrán acceder a las autorizaciones de nueva plantación se incluyen aquellas personas físicas o jurídicas que ya cuenten con la superficie agraria necesaria para desarrollar su actividad vitícola y aquellas personas jóvenes agricultoras que quieran iniciar la actividad en el sector con la competencia profesional adecuada. Además, solo podrán beneficiarse quienes tengan sus plantaciones correctamente autorizadas, garantizando así que se respetan las normas y la trazabilidad de la explotación.
Las autorizaciones de replantación se podrán solicitar durante la vigencia de la resolución de arranque de la parcela original, que en la actualidad es de cinco campañas. Estas autorizaciones de replantación tendrán un periodo de validez de tres años, salvo en los casos de replantación en la misma parcela, que podrán extenderse hasta seis años
El Registro Vitícola se convierte en la herramienta clave para el seguimiento y control del sector vitícola en la Comunidad Valenciana permitiendo verificar las superficies cultivadas y su interconexión con el Sistema de Información de Explotaciones (SIEX)
Además, también permite generar documentos oficiales de forma automática y acceder a las aplicaciones informáticas a través de certificados digitales, facilitando, de esta manera, la gestión administrativa de las explotaciones.
Su interconexión con otros sistemas de información agrícola, como el registro de explotaciones de la comunidad autónoma y el sistema de información agraria, garantiza un seguimiento integral y preciso del sector, lo que refuerza la trazabilidad de las
