¿Quieres iniciar tu proyecto en el sector agrario? En ASAJA Alicante, te ayudamos a aprovechar las Ayudas para Jóvenes y Nuevos Agricultores, son tu oportunidad para establecerte como titular de una explotación agraria. ¡Impulsa tu futuro en el campo con nuestro apoyo!
¡Lanza tu futuro agrario con ASAJA Alicante!
Se abre el plazo para las ayudas de Jóvenes y Nuevos Agricultores.
¿Quieres aprovechar esta oportunidad? ¡Contáctanos!
Tipos y cantidades de ayudas
Estas subvenciones están diseñadas para que jóvenes y nuevos agricultores puedan iniciar un proyecto agrario sólido y profesional. Se dividen en dos categorías principales:
Jóvenes Agricultores
Ayuda base: 30.000€
- Entre 18 y 40 años
- Ayudas de hasta 80.000€*
*Con el asesoramiento experto de ASAJA Alicante, te explicamos cómo obtener la máxima puntuación, te ayudamos en la solicitud y registro de las ayudas y en la elaboración del plan empresarial de tu proyecto.
Nuevos Agricultores
Ayuda base: 20.000€
- Entre 41 y 56 años
- Ayudas de hasta 70.000€*
*Con el asesoramiento experto de ASAJA Alicante, te explicamos cómo obtener la máxima puntuación, te ayudamos en la solicitud y registro de las ayudas y en la elaboración del plan empresarial de tu proyecto.
Requisitos Previos
1.
Tener una edad entre 18 y 40 años para la ayuda de Jóvenes Agricultores
2.
Tener una edad entre 41 y 56 años para la ayuda de Nuevos Agricultores
3.
Compromiso de establecerte por primera vez como titular de una explotación, de al menos 0,2UTAS
4.
Ya establecido como titular de una pequeña explotación (Inferior a 0,2UTAS)
5.
Ya establecido con otra dimensión de explotación, pero no antes de 24 meses
6.
Residir en la comarca en donde radique la explotación o en comarcas limítrofes.
Requisitos en caso de concesión de la ayuda
Darte de alta en la Seguridad Social y Hacienda como agricultor/ganadero profesional
Mantener la actividad agraria durante al menos 5 años desde la concesión de la ayuda
Acreditar la utilización de un servicio de asesoramiento acreditado por la administración
Acreditar la titularidad efectiva de, al menos 0,2 utas y que alcanzará la calificación de explotación prioritaria (mínimo 1 uta)
Estar al corriente de pago en Seguridad Social y Hacienda
Estar inscrito en el correspondiente Registro Oficial (REA, REGA, SIEX)
Formación: Contar con capacitación adecuada, mínimo de 150 horas en materias relacionadas con actividades agrarias y/o ganaderas
Plan Empresarial: Presentar un plan viable que demuestre la sostenibilidad económica de tu explotación. En ASAJA te ayudamos
Cumplir la Ley de evaluación ambiental y la de Integración laboral
ASAJA Alicante, nos movemos por el campo.
¿Por qué elegir ASAJA Alicante?
Asesoramiento personalizado:
Desde la elaboración de tu plan empresarial hasta la gestión de la solicitud.
Ente habilitado por la GVA
ASAJA Alicante mantiene una colaboración social-administrativa para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación del colectivo agrario.
Soporte técnico y legal:
Para cumplir con todos los requisitos y normativas.
Experiencia en el sector:
Somos tu aliado para hacer realidad tu proyecto agrario.
Resuelve tus dudas
Preguntas frecuentes
Si tienes alguna duda, lo intentaremos resolver con estas Preguntas Frecuentes, pero si todavía quieres conocer más, contáctanos sin compromiso. Estaremos encantados de hablar contigo.
¿Quién es ASAJA Alicante y qué papel tiene en la innovación agraria y ganadera?
Somos la organización agraria más relevante de la provincia, con más de 40 años de trayectoria apoyando a agricultores y ganaderos. Representamos y defendemos los intereses del sector, ofreciendo asesoramiento técnico y servicios personalizados.
En el ámbito de la innovación, impulsamos proyectos que transforman la agricultura y ganadería, colaborando con universidades, centros tecnológicos y empresas para desarrollar soluciones prácticas y sostenibles. Contamos con un equipo técnico multidisciplinar y una amplia red de contactos que nos permite liderar iniciativas que mejoran la competitividad y sostenibilidad del sector.
¿Qué significa “establecimiento” como agricultor/a?
Es el momento en que inicias tu actividad agraria, formalizada con el alta en Hacienda, Seguridad Social y la inscripción en registros oficiales como el REA o REGA (Art. 4.8). Puedes haber comenzado hasta 24 meses antes de la solicitud, siempre que tu plan empresarial no esté completamente ejecutado (Art. 5.2, 7.2 y 9.f).
¿Qué documentación necesito para solicitar la ayuda?
Debes presentar:
- Formulario de solicitud.
- Plan empresarial detallado (Art. 4.10).
- Compromiso de disponibilidad de 0,2 UTAS, agrarias o ganaderas.
¿Qué es una UTA y cómo se calcula?
Una Unidad de Trabajo Agrario (UTA) equivale a 1.920 horas anuales de trabajo agrario efectivo (8 horas diarias durante 240 días al año). Las UTAs de tu explotación se calculan según los módulos aprobados por la Resolución de 7 de junio de 2025.
¿Qué debe incluir mi plan empresarial?
Tu plan debe detallar:
- Estado inicial de la explotación (terrenos, instalaciones, maquinaria).
- Objetivos claros a alcanzar.
- Inversiones y mejoras previstas.
- Estudio económico que asegure la viabilidad.
- Plazos de ejecución (máximo 36 meses).
¿Cuándo recibiré la ayuda?
- Primer pago (70%): Al acreditar el establecimiento (alta en RETA o SETA, registros oficiales, asesoramiento y explotación con al menos 0,2 UTA) (Art. 19).
- Segundo pago (30%): Al completar el plan empresarial, alcanzar 1 UTA, finalizar la formación y cumplir los compromisos (Art. 20).
¿Qué compromisos debo cumplir tras recibir la ayuda?
Durante 5 años desde la concesión, debes:
- Mantenerte como agricultor/a profesional activo/a.
- Preservar las condiciones que justificaron la ayuda.
- No vender ni abandonar la explotación.
- Dar visibilidad a la financiación recibida (Art. 21).
¿Qué pasa si no cumplo los compromisos durante los 5 años?
Se aplicarán penalizaciones proporcionales y posible devolución de la ayuda con intereses, salvo casos de fuerza mayor justificados (Art. 23, 24, Anexo único).
¿Puedo modificar mi plan empresarial una vez aprobado?
Sí, pero solo por causas justificadas y autorización previa. No se permiten cambios que afecten la baremación o el importe de la ayuda (Art. 16).
¿Es compatible esta ayuda con otras subvenciones?
Es incompatible con otras ayudas públicas de la misma finalidad (Art. 17). Sin embargo, puedes combinarla con:
Instrumentos financieros, como préstamos bonificados.
Ayudas para otros fines (inversiones, medidas agroambientales, seguros, etc.).
¿Qué controles debo esperar tras recibir la ayuda?
Durante los 5 años, habrá:
- Controles administrativos: Revisión de documentos, facturas y declaraciones.
- Controles en campo: Inspecciones para verificar actividad agraria y/o ganadera, y cumplimiento de superficies y/o ganado comprometidos.
- Verificación del cumplimiento del plan empresarial y la condición de agricultor/a profesional.
Es obligatorio colaborar con estos controles, que pueden ser programados o aleatorios (Art. 22).
¿Puedo solicitar la ayuda si ya estoy dado de alta como agricultor/a?
Sí, siempre y cuando no haya sido antes de 24 meses desde la solicitud de la ayuda.
O también si tu explotación tiene una dimensión inferior o igual a 0,2 utas.
¿Puedo presentar la solicitud como sociedad?
Sí, siempre que:
- Seas un/a joven o nuevo/a agricultor/a con control efectivo de la sociedad.
- La entidad sea titular de la explotación y permita acreditar un plan empresarial individual.
- No haya más de un solicitante por la misma instalación (Art. 6.1, 6.2).
¿Qué sucede si abandono la actividad agraria de la explotación durante la ejecución del plan empresarial?
Abandonar la actividad implica devolver la ayuda recibida hasta el momento (más intereses), salvo casos de fuerza mayor (enfermedad grave, catástrofes, etc.) (Art. 23, 24).
¿Qué formación agraria es válida?
Se aceptan, siempre relacionado con la actividad agraria/ganadera:
- Titulación Universitaria.
- Titulación de Formación Profesional.
- Cursos de Formación, mínima de 150 horas impartida por entidades reconocidas.
- Formación oficial reconocida por Servef o LABORA (Art. 9.l, Disposición adicional segunda).
Si aún no tienes formación, te comprometes a alcanzar los requisitos mínimos, hasta en 36 meses, desde la concesión de la ayuda.
¿Qué pasa si no alcanzo la UTA mínima al finalizar el plan?
No alcanzar 1 UTA puede implicar la devolución del pago, ya que es un requisito obligatorio (Art. 20.3.b).
En ASAJA Alicante, te ayudamos a calcular correctamente las UTAs.
¿Qué ocurre si vendo o arriendo parte de la explotación durante los 5 años siguientes a la concesión de la ayuda?
Venta o cesión total sin autorización: Incumplimiento y devolución de la ayuda.
Modificaciones parciales: Pueden aceptarse si se justifican, se comunican previamente y no afectan los objetivos del plan (Art. 16, 23.2).
¿Cómo fomenta ASAJA la formación en el marco de sus proyectos de innovación?
Sabemos que la formación es el pilar fundamental para aplicar con éxito la innovación en el sector agrario y ganadero. Por ello, diseñamos programas formativos especializados que capacitan a nuestros socios y profesionales, conectándolos con las últimas tecnologías, normativas y buenas prácticas.
En el último año, hemos formado a 2.440 alumnos a través de más de 315 cursos, consolidándonos como referentes en formación agraria en la provincia alicantina. Nuestros programas abarcan áreas clave, como el manejo de fitosanitarios, técnicas de poda, maquinaria agrícola, gestión ganadera y nuevas tecnologías.
Además, en el marco de nuestros proyectos de innovación:
- Ofrecemos formación adaptada a los avances desarrollados en cada proyecto.
- Organizamos talleres y jornadas prácticas para la transferencia directa de conocimientos.
- Proporcionamos formación online y presencial, asegurando accesibilidad para todos.
Nuestro compromiso es garantizar que cada innovación se traduzca en mejoras tangibles para los agricultores y ganaderos, empoderándolos a través del conocimiento. Porque formar significa transformar.